ORDEN MAM/1592/2009, de 9 de julio, relativa a la aprobación del deslinde de la «Cañada Real Soriana Occidental» a su paso por el término municipal de San Esteban de Gormaz en sus anejos Peñalba de San Esteban, Aldea de San Esteban, San Esteban de Gormaz y Quintanilla de Tres Barrios, y el término municipal de El Burgo de Osma en su anejo Alcubilla del Marqués, en la provincia de Soria

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/1592/2009, de 9 de julio, relativa a la aprobación del deslinde de la 'Cañada Real Soriana Occidental' a su paso por el término municipal de San Esteban de Gormaz en sus anejos Peñalba de San Esteban, Aldea de San Esteban, San Esteban de Gormaz y Quintanilla de Tres Barrios, y el término municipal de El Burgo de Osma en su anejo Alcubilla del Marqués, en la provincia de Soria.

Examinado el expediente instruido con motivo del deslinde de la vía pecuaria 'Cañada Real Soriana Occidental', a su paso por el término municipal de San Esteban de Gormaz en sus anejos Peñalba de San Esteban, Aldea de San Esteban, San Esteban de Gormaz y Quintanilla de Tres Barrios, y el término municipal de El Burgo de Osma en su anejo Alcubilla del Marqués, en la provincia de Soria, del cual son los siguientes sus ANTECEDENTES DE HECHO I. Por Orden de 18 de junio de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, se acordó el inicio del expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada 'Cañada Real Soriana Occidental', a su paso por los términos municipales de Calatañazor y su anejo Abioncillo; Blacos; Torreblacos; Talveila en sus anejos Cantalucia y Fuentecantales; Rioseco de Soria y su anejo Valdealvillo; El Burgo de Osma y sus anejos Torralba del Burgo, Santiuste, Velasco, Valdenarros, Barcebal, Barcebalejo, Lodares de Osma, Osma y Alcubilla del Marqués; Valdenebro y su anejo Boos;

San Esteban de Gormaz y sus anejos Atauta, Aldea de San Esteban y Peñalba de San Esteban; y Fuentecambrón y su anejo Cenegro, en la provincia de Soria.

Por Orden de 29 de agosto de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, se acordó el inicio del expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada 'Cañada Real Soriana Occidental', a su paso por el término municipal de San Esteban de Gormaz en su anejo Quintanilla de Tres Barrios, en la provincia de Soria.

II. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, consultó los antecedentes de las vías pecuarias del término municipal de San Esteban de Gormaz en sus anejos Peñalba de San Esteban, Aldea de San Esteban,

San Esteban de Gormaz y Quintanilla de Tres Barrios; y del término municipal de El Burgo de Osma en su anejo Alcubilla del Marqués en los siguientes organismos: Archivo Histórico Nacional -Sección Mesta (Fondos del Honrado Concejo de la Mesta y de la Asociación General de Ganaderos del Reino), Archivo del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Soria, Fondo Documental de Vías Pecuarias de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente (Antiguo ICONA), Departamento de Documentación y Archivo del Instituto Geográfico Nacional (I.G.N.) e Instituto Geográfico y Estadístico, Archivo del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León en Soria, Servicio Territorial de Cultura (Archivo Histórico Provincial de la Junta de Castilla y León en Soria), Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de Soria, Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz y Cámara Agraria Provincial de Soria.

III. Con fecha 15 de julio de 2008 se notifica al Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz para que reconozca en Pleno la indebida aportación de unos terrenos pertenecientes a la Cañada Real a la concentración parcelaria.

Con fecha 12 de septiembre de 2008 se notifica al Servicio Territorial de Economía y Hacienda y al Registro de la Propiedad de Soria, que se va a proceder al deslinde de la 'Cañada Real Soriana Occidental' a su paso por el término municipal de San Esteban de Gormaz y sus anejos Peñalba de San Esteban, Aldea de San Esteban, San Esteban de Gormaz y Quintanilla de Tres Barrios, y por el término municipal de El Burgo de Osma en su anejo Alcubilla del Marqués, de acuerdo al artículo 31 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León.

IV. El inicio de las operaciones de apeo del deslinde de la 'Cañada Real Soriana Occidental' en el término municipal de San Esteban de Gormaz, procedente del de Fuentecambrón, se anunció en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 184, de 23 de septiembre de 2008, señalando que dichas operaciones comenzarían a las 10:00 horas del día 4 de noviembre de 2008 en dicho punto, después del acto informativo que tendría lugar en el Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz. Por parte de los técnicos se explica a los asistentes en qué consisten los trabajos a realizar, señalando que se han recopilado los antecedentes documentales que puedan existir al respecto, y se procede al apeo de deslinde desde el punto en que la Cañada Real, con una anchura de 75 metros, cruza la divisoria entre los términos municipales de San Esteban de Gormaz y Fuentecambrón. La vía pecuaria se irá deslindando por las márgenes izquierda y derecha, de sur a norte, mediante la colocación de estaquillas en el terreno.

Se notifica el inicio de deslinde a los colindantes y entidades interesadas, remitiendo así mismo, con fecha 24 de septiembre de 2008, texto para su exposición en el Tablón de Anuncios, por espacio de 15 días, al Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz y al Ayuntamiento de El Burgo de Osma.

Con fecha 29 de septiembre de 2008, el Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz remite Acuerdo de Pleno, reunido en sesión ordinaria de 26 de septiembre de 2008, en el que se reconoce la indebida aportación de unos terrenos a la concentración parcelaria.

Con fecha 23 de octubre de 2008, el Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz devuelve la diligencia de exposición en el Tablón de Anuncios del inicio de las operaciones de apeo.

Con fecha 27 de octubre de 2008, el Ayuntamiento de El Burgo de Osma devuelve la diligencia de exposición en el Tablón de Anuncios del inicio de las operaciones de apeo.

V. A las 10:00 horas del día 4 de noviembre de 2008, comenzaron las operaciones de apeo en la línea divisoria entre el término municipal de Fuentecambrón, y el término municipal de San Esteban de Gormaz, en el punto donde la Cañada Real entra en este último, en el paraje 'Peñas Rodadas'. A las 11:00 horas del citado día se concluye el acto y se cita a la nueva Comisión de Deslinde para ese mismo día a...

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