DECRETO 122/1984 de 8 de noviembre, por el que queda en suspenso determinada norma del Decreto 50/84 de 5 de julio.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 19-11-1984 Nº Boletín: 51 / 1984

DECRETO 122/1984 de 8 de noviembre, por el que queda en suspenso determinada norma del Decreto 50/84 de 5 de julio.

Los Reales Decretos 2869/80, de 30 de diciembre, 1619/81 de 22 de mayo, y 360/84, de febrero, regulan los coeficientes de Fondos Públicos y de Préstamos de Regulación Especial. Estos coeficientes siguen criterios de territorialidad distintos, pues mientras el primero, apoyándose en los Reales Decretos señalados, se base en el principio de que la competencia de las Comunidades Autónomas abarca únicamente a Cajas de Ahorros que tengan su sede central en el territorio de la respectiva Comunidad, el segundo, según el Real Decreto 360/84, señala que "... en el caso de Cajas de Ahorros que operen en varias Comunidades Autonomas, el porcentaje sobre el coeficiente de préstamos de regulación especial se calculará en proporción a los recursos ajenos captados en cada Comunidad".

Teniendo en cuenta que el Gobierno de la Nación ha enviado a las Cortes Generales un Proyecto de Ley denominado "Coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de intermediarios financieros" en el que se propone la derogación de los citados Reales Decreto y se sustituyen los coeficientes de Fondos Públicos y de Préstamos de Regulación Especial por un único coeficiente de inversión, y que a la vista del artículo 4º. del nuevo proyecto de Ley, es difícil, en la actualidad, eliminar la duda sobre el mal va a ser el criterio elegido para el coeficiente único resultante, al cual deberá sujetarse esta Comunidad Autónoma.

El Decreto de la Junta de Castilla y León 50/1984 de 5 de julio de 1984, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de Cajas de Ahorros en su articulo 6.3 recoge el criterio de aplicación de los mencionados coeficientes en el ámbito de esta Comunidad Autónoma utilizando el del Real Decreto 360/1984.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 8 de noviembre de 1984.

DISPONGO:

Artículo Unico Queda en suspenso, en...

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