Decreto 37/2002, de 7 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la Presidencia y funcionamiento de la Comisión de Secretarios Generales.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 37/2002, de 7 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la Presidencia y funcionamiento de la Comisión de Secre tarios Generales.

La Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, regula en su artículo 20 la Comisión de Secretarios Generales. La nueva ley establece que el Consejo deGobierno estará asistido por unaComisión formada por los Secretarios Generales de las distintas Consejerías, y determina que la Presidencia y sus normas de funcionamiento se establecerán mediante Decreto de la Junta de Castilla y León.

Por ello, y en ejercicio de la facultad conferida por la Ley citada, procede dictar el presente Decreto regulando los aspectos precitados.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de marzo de 2002

DISPONGO

Artículo 1 Presidencia de la Comisión de Secretarios Generales.
  1. La Presidencia de la Comisión de Secretarios Generales corresponde al Vicepresidente de la Junta de Castilla y León.

  2. La Vicepresidencia de la Comisión de Secretarios Generales corresponde al Consejero de Presidencia y Administración Territorial, quien sustituirá al Presidente en caso de ausencia, vacante o enfermedad.

Artículo 2 Secretaría de la Comisión deSecretarios Generales.
  1. Corresponde al Director General del Secretariado de la Junta y Relaciones Institucionales la Secretaría de la Comisión.

  2. Será sustituido, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, por quien designe el Presidente de la Comisión de entre sus miembros.

Artículo 3 Funciones.

LaComisión de Secretarios Generales realizará las tareas preparatorias de las reuniones del Consejo de Gobierno. En tal sentido, se someterá a su informe cuantos asuntos y expedientes deban ser sometidos a deliberación, y en su caso...

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