ORDEN AYG/334/2014, de 15 de abril, por la que se modifica la Orden AYG/79/2013, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas destinadas para la mejora de la producción y comercialización de la miel.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Con fecha 21 de febrero de 2013, se publicó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 36 la Orden AYG/79/2013, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas destinadas para la mejora de la producción y comercialización de la miel.

El Plan Apícola Nacional 2014-2016, elaborado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, introduce la posibilidad de subvencionar actividades como la contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores de las agrupaciones de apicultores para actuaciones de vigilancia (presencia de nidos, individuos adultos...) y seguimiento de la avispa asiática (Vespa velutina), así como para la aplicación de medidas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco a las colmenas, en base al protocolo o protocolos oficiales autorizado/s por la autoridad competente.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y demás entidades relacionadas con el sector.

DISPONGO:

Artículo único Se modifica la Orden AYG/79/2013, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas destinadas para la mejora de la producción y comercialización de la miel, en los siguientes términos:

Uno.- La letra a) del artículo 4 queda redactada del siguiente modo:

a) Prestar información y asistencia técnica apícola a los apicultores a través de:

1. Contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores de las agrupaciones de apicultores en materias relacionadas con la producción y la comercialización de los productos de la apicultura.

2. Formación de apicultores:

* Organización de cursos y jornadas de formación técnica...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR