ORDEN EDU/1244/2007, de 16 de julio, por la que se nombran funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden PAT/519/2006, de 29 de marzo, que tenían concedido aplazamiento para la realizaci...

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1244/2007, de 16 de julio, por la que se nombran funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden PAT/519/2006, de 29 de marzo, que tenían concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas.

Por Orden EDU/1442/2006, de 14 de septiembre, se nombraron funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden PAT/519/2006, de 29 de marzo.

En el apartado cuarto de la citada Orden EDU/1442/2006, de 14 de septiembre, se declaró a determinados aspirantes en situación de aplaza

miento legal para la realización de la fase de prácticas durante el curso 2006/2007, por causas debidamente justificadas.

Finalizado el período por el que fue concedido ese aplazamiento para la realización de la fase de prácticas,

RESUELVO Primero. Nombramiento de funcionarios en prácticas.

1.1. Nombrar funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden PAT/519/2006, de 29 de marzo, que tenían concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, que se relacionan en el Anexo de la presente Orden, con indicación de la especialidad, número de Registro Personal y el número de documento nacional de identidad.

1.2. Se entenderá que aquellos aspirantes que no se incorporen a la realización de la fase de prácticas renuncian a los derechos derivados de la superación de los procedimientos selectivos.

1.3. Los destinos obtenidos para la realización de las prácticas tendrá carácter provisional. En el citado Anexo de la presente Orden, los aspirantes aparecen relacionados con el número de orden de puntuación, el cual será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el concurso de traslados al que están obligados a participar, según se establece en la base décima apartado tercero de la Orden PAT/519/2006, de 29 de marzo.

Segundo. Efectos del nombramiento.

El nombramiento como funcionario en prácticas tendrá efectos de 1 de septiembre de 2007.

Tercero...

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