ORDEN SAN/627/2016, de 5 de julio, por la que se amplía el Programa 2016 para el reconocimiento e incentivación de los profesionales que finalizan su residencia en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Disposición Adicional Sexta de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León, prevé un Programa de postformación sanitaria especializada de los internos residentes que finalizan su formación en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud, como reconocimiento a la trayectoria y compromiso con la prestación asistencial.

Para ello establece, con carácter anual, la aprobación de un programa para promover el desarrollo de la formación clínica y de las capacidades de investigación de quienes hayan completado su formación como especialistas, dando posibilidad de obtener un nombramiento, de acuerdo con la legislación específica en el ámbito sanitario, para continuar su formación clínico-investigadora con una duración máxima de tres años.

Para el año 2016 se aprobó el correspondiente programa mediante Orden SAN/258/2016, de 28 de marzo, dando lugar a la correspondiente evaluación por la Comisión de Reconocimiento de Profesionales y posterior publicación, con fecha 22 de junio de 2016, del reconocimiento de los candidatos con la mejor puntuación.

Dado que en el programa del 2016 se recogen dos únicos reconocimientos a los mejores profesionales que finalizan su residencia de Medicina Familiar y Comunitaria, frente a los cuatro reconocimientos que se otorgaban en el programa del año 2015, y en atención a la propuesta de incremento de plazas de médicos residentes de medicina familiar y comunitaria para la oferta 2016/2017, así como al porcentaje de participación de los residentes de esta especialidad que han terminado este año, se considera conveniente ampliar en uno los reconocimientos correspondientes a la modalidad de Medicina Familiar y Comunitaria.

En esta misma línea se ha pronunciado las diferentes sociedades científicas de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.

Para ello, y entendiendo que la actuación de la organización ha de dirigirse a aumentar la motivación, compromiso y mejora de la calidad asistencial de sus residentes, con un elevado nivel de formación, capacitación e implicación activa en la gestión asistencial.

El Consejero de Sanidad, en virtud de las competencias que le corresponden conforme se establece en el artículo 6.2 del La...

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