ORDEN FYM/860/2015, de 25 de septiembre, por la que se modifica la Orden de 21 de abril de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a 'Alimentos Naturales S.A.' para la instalación de clasificación y envasado de legumbres secas, en conserva y arroces en el término municipal de Onzonilla (León), como consecuencia de la modificación no sustancial 4 (MNS4).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de ALIMENTOS NATURALES S.A. de modificación no sustancial, relativa a la ampliación del plazo para realizar los controles en emisión, niveles de ruido y la supresión del control en inmisión en la instalación de clasificación y envasado de legumbres secas, en conserva y arroces, ubicada en el término municipal de Onzonilla (León) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- La instalación de clasificación y envasado de legumbres secas, en conserva y arroces situada en el término municipal de Onzonilla (León), titularidad de ALIMENTOS NATURALES S.A. se encuentra en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 21 de abril de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental a ALIMENTOS NATURALES, S.A. para la instalación de clasificación y envasado de legumbres secas, en conserva y arroces, en el término municipal de Onzonilla (León) («B.O.C. y L.» n.º 101, de 28 de mayo de 2008).

* Orden de 26 de junio de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización de inicio de actividad a ALIMENTOS NATURALES S.A. para la instalación de clasificación y envasado de legumbres secas, en conserva y arroces, en el término municipal de Onzonilla (León) y se modifica la Orden de 21 de abril de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a ALIMENTOS NATURALES S.A. para dicha instalación. («B.O.C. y L.» n.º 151, de 10 de agosto de 2009).

* Orden de 20 de noviembre de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial la instalación de una línea encajonadora automática para envasado de paquetes y la instalación de un autoclave para la esterilización de legumbre cocida, en la planta de clasificación y envasado de legumbres secas, en conservas y arroces, propiedad de ALIMENTOS NATURALES S.A., ubicada en el término municipal de Onzonilla (León).

* Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial la instalación de una seleccionadora electrónica en la planta de ALIMENTOS NATURALES S.A., ubicada en el término municipal de Onzonilla (León).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de Autorizaciones Ambientales Integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

Segundo .- Con fecha 15 de abril de 2015, la empresa ALIMENTOS NATURALES S.A. notifica a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, la modificación no sustancial en sus instalaciones situadas en Onzonilla (León), relativa a la ampliación de los plazos para realizar los controles en focos de emisión, en los vertidos y niveles de ruido. Asimismo solicita la supresión del control en inmisión.

La empresa aporta documentación justificativa de su solicitud consistente en los resultados de las mediciones anteriores realizadas por OCA.

Tercero .- En el expediente, consta informe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, en materia de atmósfera, de fecha 27 de agosto de 2015.

Cuarto .- Con fecha 28 de agosto de 2015, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático emite informe relativo a la consideración de modificación no sustancial de los cambios notificados.

Quinto .- De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 bis de la Ley 11/2003 de 8 de abril, de Prevención...

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