ORDEN FYM/487/2015, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede la modificación sustancial a la empresa Adisseo España, S.A. para el aumento de producción de metionina líquida en las instalaciones ubicadas en el término municipal de Burgos, como consecuencia de la modificación no sustancial 7 (MNS 7).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación, de 6 de noviembre de 2014, de ADISSEO ESPAÑA, S.A. de modificación no sustancial, relativa a la actualización de los residuos en la planta de fabricación de metionina líquida ubicada en el término municipal de Burgos y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La planta de producción de metionina líquida situada en el término municipal de Burgos, titularidad de ADISSEO ESPAÑA, S.A., se encuentra en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede la modificación sustancial formulada por ADISSEO ESPAÑA, S.A. para el aumento de producción de metionina líquida en las instalaciones ubicadas en el término municipal de Burgos. («B.O.C. y L.» n.º 142, de 26 de julio de 2010).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas de Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

* Orden FYM/1149/2014, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede la modificación sustancial para el aumento de producción de metionina líquida en las instalaciones ubicadas en el término municipal de Burgos, titularidad de Adisseo España, S.A., como consecuencia de la modificación no sustancial n.º 6. («B.O.C. y L.» n.º 2, de 5 de enero de 2015).

* Orden FYM/1200/2014, de 23 de diciembre, por la que se declara que procede iniciar la actividad para el aumento de la producción de metionina líquida en las instalaciones ubicadas en el término municipal de Burgos, titularidad de Adisseo España, S.A. («B.O.C. y L.» n.º 23, de 4 de febrero de 2015).

Segundo.- El 6 de noviembre de 2014, ADISSEO ESPAÑA, S.A. notifica a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una modificación no sustancial (MNS 7) de la

actividad, relativa a la actualización de los residuos peligrosos generados, concretamente la inclusión del residuo «equipos eléctricos y electrónicos desechados con LER 16 02 13*, en las instalaciones de Burgos. Posteriormente aporta documentación complementaria con la inclusión de los residuos de laboratorio con LER 16 05 06* y los aceites usados con LER 13 02 05* y la documentación justificativa de que se trata de una modificación no sustancial.

Tercero.- Consta en el expediente, informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, de fecha de 17 de noviembre de 2014.

Cuarto.- Vista la documentación aportada por el titular y el informe mencionado, con fecha 1 de junio de 2015, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que, la actualización de la tabla de residuos peligrosos en la planta de fabricación de metionina líquida supone una modificación de la autorización ambiental otorgada a ADISSEO ESPAÑA, S.A. a través de Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente, considerando ésta como no sustancial (MNS 7) en atención a los criterios señalados en el artículo 10.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y a lo establecido en el artículo 14.1, del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de...

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