ORDEN FYM/340/2015, de 20 de abril, por la que se establece el Área Territorial de Prestación Conjunta de Valladolid y su entorno, para los servicios de transporte público de viajeros en taxi y la delegación del ejercicio de facultades en esta materia en el municipio de Valladolid.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorUniversidad de Salamanca
Rango de LeyOrden

La Ley 15/2002, de 28 de noviembre, de Transporte Urbano y Metropolitano de Castilla y León, modificada por la Ley 10/2014, de 22 de diciembre de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León, faculta a la Consejería competente en materia de transportes, a establecer o autorizar Áreas Territoriales de Prestación Conjunta en las zonas en las que exista interacción o influencia recíproca entre los servicios de transporte de varios municipios, de forma que la adecuada ordenación de tales servicios trascienda el interés de cada uno de ellos.

Así mismo, la citada Ley concreta que la iniciativa para el establecimiento de Áreas Territoriales de Prestación Conjunta corresponderá a la Consejería competente en materia de transportes o a las entidades supramunicipales creadas conforme a cualquiera de los procedimientos regulados en la legislación vigente.

En los últimos años, los municipios del entorno de la ciudad de Valladolid, han experimentado un notable crecimiento de población incrementándose las relaciones de estos municipios con la capital y entre sí, siendo evidente la necesidad de establecer un Área Territorial de Prestación Conjunta para lograr una mejor dotación, ordenación y coordinación de los servicios de transporte público de viajeros en taxi.

Al mismo tiempo, a través de la Asociación Voluntaria de Municipios denominada «Comunidad Urbana de Valladolid», los municipios de Valladolid, Laguna de Duero, Boecillo, Cabezón de Pisuerga, Castronuevo de Esgueva, Cigales, Ciguñuela, La Cistérniga, Fuensaldaña, Geria, Mucientes, La Pedraja de Portillo, Renedo de Esgueva, Santovenia de Pisuerga, Simancas, Tudela de Duero, Valdestillas, Viana de Cega, Villanubla, Villanueva de Duero, Wamba y Zaratán, comunicaron a esta Consejería, su interés en el establecimiento de un Área Territorial de Prestación Conjunta.

La Ley 15/2002, de 28 de noviembre, en el párrafo segundo del artículo 35.1 señala que las Áreas Territoriales de Prestación Conjunta cuando se establezcan en el ámbito y entorno de los municipios con población superior a 20.000 habitantes, habrán de coincidir con las áreas funcionales estables de acuerdo con la normativa vigente en materia de ordenación, servicios y gobierno en el territorio, que concibe dichas áreas como espacios geográficos de carácter permanente que conforman unidades homogéneas con recursos susceptibles de utilización común.

El Área Territorial de Prestación Conjunta de Valladolid se establece en el entorno de Valladolid -municipio que cuenta con una población superior a 20.000 habitantes- por lo que el ámbito territorial de aquélla deber ser conforme con el Área funcional estable de Valladolid configurada por la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León.

De acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 15/2002, de 28 de noviembre, la iniciativa para establecimiento de las Áreas Territoriales de Prestación Conjunta necesita estar respaldada en todo caso por «(...) el informe favorable, en el ámbito urbano de, al menos, el municipio de mayor población y, como mínimo, un tercio del resto de los municipios o bien los municipios que representen un tercio de la población excluidos los de más de 20.000 habitantes (...)».

En este sentido, la Comunidad Urbana de Valladolid, trasladó a la Consejería competente en materia de transportes, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valladolid -como municipio de mayor población- y los de más de un tercio del resto de municipios que forman parte del Área funcional estable de Valladolid, mostrando su conformidad en integrarse en dicho Área.

Ahora bien, para lograr una gestión más eficiente del servicio de transporte público de viajeros en taxi que se presta exclusivamente dentro del Área y contribuir a eliminar duplicidades administrativas, sin que suponga un mayor gasto de las...

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