ORDEN FYM/295/2016, de 8 de abril, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de explotación porcina de cebo de 6.216 plazas, en el término municipal de Toral de los Guzmanes (León).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 1. Ganadería, del Anexo I de la citada ley, en concreto en el apartado a) Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas y que superen las siguientes capacidades: 3.º 2.000 plazas para cerdos de engorde.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de León, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de explotación porcina de cebo de 6.216 plazas, en el término municipal de Toral de los Guzmanes (León), promovido por D. Rafael Fernández Alonso, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, al Ayuntamiento afectado por el proyecto, y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 8 de abril de 2016.

El Consejero,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN PORCINA DE CEBO DE 6.216 PLAZAS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TORAL

DE LOS GUZMANES (LEÓN)

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El objeto del proyecto a evaluar es la ampliación de 3.328 plazas en una explotación porcina de cebo existente (2.888 plazas), con el fin incrementar la capacidad total hasta 6.216 cerdos.

La documentación aportada por el promotor para su estudio y evaluación consiste en Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de una explotación porcina de cebo, hasta 6.216 plazas en el término municipal de Toral de los Guzmanes (León), de agosto de 2015 y Proyecto de ampliación de explotación porcina de cebo, hasta 6.216 plazas en el término municipal de Toral de los Guzmanes (León), para la solicitud de la autorización ambiental, de agosto de 2015.

La explotación actual cuenta con autorización ambiental, concedida mediante Orden de 24 de marzo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente («B.O.C. y L.» n.º 81, de 29 de abril de 2008).

La granja se ubica en la parcela n.º 24 del polígono 122 del término municipal de Toral de los Guzmanes (León), con una superficie de 44.000 m 2 , clasificada como suelo rústico común y siendo el uso característico la actividad pecuaria y ganadera. Las coordenadas UTM de la parcela son: X: 286.727 Y: 4.680.907 Huso 30.

La explotación está situada a 1.300 m del casco urbano de Toral de los Guzmanes, por lo que cumple con la distancia mínima de 1.000 m a núcleos urbanos, establecida en el Real Decreto 324/2000, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas.

La actividad a desarrollar consistirá en el cebo de lechones procedentes de otras explotaciones porcinas, por el sistema de integración, desde un peso inicial de unos 20 Kg. hasta un peso final de 95 Kg.-100 Kg. El cebo tiene una duración 17 semanas de permanencia en la explotación, hasta su salida con destino a matadero. Se estima una producción anual de 15.837 cerdos de cebo.

El sistema de manejo será el denominado «todo dentro, todo fuera», realizándose un vacío sanitario de 21 días, para limpieza y desinfección de las instalaciones, de manera que la duración total del ciclo es de unas 20 semanas.

La clasificación zootécnica de la explotación porcina es de cebo, según el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, y por su capacidad productiva se encuadra en el grupo tercero, ya que contará con 745,926 UGM.

La explotación existente cuenta con las siguientes instalaciones: Dos naves de 1.227,43 m 2 cada una, dos lazaretos de 56,23 m 2 y 50,85 m 2 , dependencias para personal (48 m 2 ), depósito de agua (20.000 l), almacén (147 m 2 ), dos fosas de purines (910 m 3 y 750 m 3 ), cerca perimetral, rotiluvio y muelle de carga.

La superficie existente construida es de 2.792,93 m 2 , siendo la superficie ocupada de 2.840,93 m 2 .

La ampliación proyecta la construcción de dos naves de cebo de 1.464,16 m 2 , con cabida para 1.664 cerdos cada una y una nueva fosa de purín de 4.100 m 3 de volumen.

La superficie total construida con la ampliación será de 5.721,25 m 2 , siendo la superficie total ocupada de 5.769,25 m 2 .

La explotación porcina generará 13.364 m 3 /año de purines, disponiendo de tres fosas con un volumen total de 5.750 m 3 , con capacidad para almacenar los purines durante más de 5 meses. Estos residuos ganaderos serán gestionados mediante valorización agrícola, en las parcelas disponibles para ello, habiendo justificado 197 ha útiles.

Las aguas residuales derivadas del proceso productivo estarán canalizadas hacia las fosas de purín. Todas las canalizaciones, fosos, etc. que estén en contacto con el purín estarán perfectamente impermeabilizados para evitar la contaminación de las aguas subterráneas.

En cuanto a la producción de residuos y subproductos, la explotación contratará gestores autorizados para la retirada de cadáveres y para la recogida de los residuos de tratamientos veterinarios.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental del proyecto de una explotación porcina de cebo, hasta 6.216 plazas en el término municipal de Toral de los Guzmanes (León), de agosto de 2015, analiza los posibles impactos que puede generar el proyecto y propone medidas preventivas y correctoras para los mismos.

La eficacia de estas medidas se evaluará mediante el Programa de Vigilancia Ambiental. Así mismo, se establecen medidas a contemplar en el caso de cierre o clausura de la instalación.

TRAMITACIÓN Y ANÁLISIS TÉCNICO DEL EXPEDIENTE

Solicitud de inicio del procedimiento.- Con fecha 27 de agosto de 2015, tiene entrada en el Registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León, para su tramitación por el Servicio Territorial de Medio Ambiente, la solicitud de la modificación sustancial de la autorización ambiental vigente, por ampliación de explotación porcina de cebo hasta 6.216 plazas, la cual conlleva la tramitación de la evaluación de impacto ambiental ordinaria, por superar esta ampliación, por si sola, los límites establecidos en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para esta actividad ganadera.

Información pública.- La Delegación Territorial de la...

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