ORDEN EYH/349/2018, de 12 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León el Estatuto particular del Colegio Oficial de Procuradores de los Tribunales de Zamora.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León del Estatuto particular del Colegio Oficial de Procuradores de los Tribunales de Zamora, con domicilio social en C/ San Torcuato, 7 (Palacio de Justicia), de Zamora, cuyos

ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- El dÃa 22 de mayo de 2017 D. Juan Manuel Gago RodrÃguez, en calidad de Presidente del Colegio Oficial de Procuradores de los Tribunales de Zamora, presentó solicitud de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León del Estatuto particular del Colegio Oficial citado que fue aprobado por Junta General el dÃa 8 de mayo de 2017.

Segundo.- En la tramitación del expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias, recabado los oportunos informes y emitido el preceptivo informe de legalidad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 8-a) de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León y el Art. 13 del Decreto 26/2002, de 21 de febrero. Como consecuencia de dicho informe el estatuto ha sido rectificado por acuerdo de la Junta General el dÃa 28 de febrero de 2018.

Tercero.- El citado Colegio se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, por Orden de fecha 3 de abril de 2001, con el número registral 118/CP.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artÃculo 8, apartado a) y en el artÃculo 29, apartado b), de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León, el artÃculo 13, apartados 3 y 5, y el artÃculo 34, apartado 1-b), del Decreto 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales, los colegios profesionales comunicarán a la ConsejerÃa competente en materia de colegios profesionales los Estatutos y sus modificaciones para su calificación de legalidad, inscripción y publicación en el BoletÃn Oficial de Castilla y León y, una vez inscritos y publicados, los Estatutos tienen fuerza de norma obligatoria.

Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el artÃculo 71.1.14.º del Estatuto de AutonomÃa de Castilla y León, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y

ejecución de la legislación del Estado en materia de colegios profesionales y ejercicio de profesiones tituladas. De acuerdo con el artÃculo 2, letras a) y b) del Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de ConsejerÃas, y el Decreto 41/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la ConsejerÃa de EconomÃa y Hacienda, resulta competente para conocer y resolver este tipo de expedientes, la Consejera de EconomÃa y Hacienda.

Tercero.- El Estatuto particular del citado Colegio Profesional cumple el contenido mÃnimo que establece el artÃculo 13 de la Ley 8/1997, de 8 de julio.

Vistas las disposiciones citadas y demás normativa de común y general aplicación, RESUELVO 1. Declarar la adecuación a la legalidad del Estatuto particular del Colegio Oficial de Procuradores de los Tribunales de Zamora.

  1. Acordar su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.

  2. Disponer que se publique el citado Estatuto particular en el BoletÃn Oficial de Castilla y León como Anexo a la presente orden.

Contra la presente orden que pone fin a la vÃa administrativa, cabe interponer, de acuerdo con el Art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el dÃa siguiente al recibo de la presente notificación.

El interesado podrá, sin necesidad de interponer recurso de reposición, impugnar el acto directamente ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR