ORDEN EYH/1143/2017, de 20 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de las Direcciones Provinciales de Educación de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Por Decreto 322/1999, de 23 de diciembre, se crean las direcciones provinciales de educación en las delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León, con rango de servicio territorial y dependencia orgánica y funcional de la Consejería de Educación a través del Delegado Territorial. La Orden de 2 de noviembre de 2000, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y de Educación y Cultura, desarrolla la estructura orgánica y define las funciones de las Direcciones Provinciales de Educación de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

Posteriormente, se ha aprobado el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo, con el objeto de regular determinados aspectos de la organización administrativa básica, permitiendo adaptar la estructura administrativa a las necesidades de una Administración moderna y haciendo posible un mejor servicio a los ciudadanos.

El Decreto 25/2017, de 7 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, establece en su artículo 9 como unidad administrativa con rango de servicio dentro de la estructura de las Delegaciones Territoriales, entre otras, a la Dirección Provincial de Educación.

En consecuencia de todo lo anterior, es necesario establecer una nueva estructura orgánica de las direcciones provinciales de educación de las delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León, definiendo las funciones a desarrollar en su ámbito de actuación de acuerdo con los criterios de eficacia y racionalidad y con la distribución competencial actual en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La presente orden, entre otros aspectos y de acuerdo con el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, elimina los negociados existentes. Sin embargo, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional primera, la alteración del puesto que, como consecuencia de la supresión de la unidad administrativa, se limite a la consecuente pérdida de la naturaleza de jefatura sin afectar al resto del contenido funcional, no tendrá la consideración de modificación sustancial, por lo que se garantiza que la transformación del puesto de trabajo no alterará el carácter definitivo o provisional con que esté provisto, ni las retribuciones de su ocupante.

En su...

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