ORDEN EDU/437/2018, de 19 de abril, por la que se convoca el procedimiento de selección de docentes jubilados para su nombramiento como profesores honoríficos colaboradores en el ámbito del sistema educativo no universitario de la Comunidad de Castilla y León, para el curso académico 2018/2019.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

La Comunidad de Castilla y León considera primordial la formación permanente del profesorado para llevar a cabo la actualización y el desarrollo de las competencias profesionales de los docentes en el desarrollo de su función.

Asà mismo, apuesta por un modelo de formación basado en la colaboración, donde los docentes puedan compartir experiencias y conocimientos, que redunden en beneficio de la calidad del sistema educativo.

En ese sentido, la ConsejerÃa de Educación quiere contar con aquellos docentes jubilados que tienen una larga y demostrada trayectoria profesional y que voluntariamente deseen seguir contribuyendo al sistema educativo a través de su participación en actuaciones relacionadas con la formación del profesorado, aportando una mejora cualitativa de nuestro modelo de formación permanente.

Con esta finalidad, por Orden EDU/716/2017, de 23 de agosto, se regula la figura del profesor honorÃfico colaborador y el procedimiento para su nombramiento en el ámbito del sistema educativo no universitario de la Comunidad de Castilla y León, cuyo artÃculo 4 establece que el procedimiento se iniciará por orden del consejero competente en materia de educación, teniendo la convocatoria carácter anual.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la citada orden y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto.

  1. La presente orden tiene por objeto convocar el procedimiento de selección de docentes jubilados para su nombramiento como profesores honorÃficos colaboradores en el ámbito del sistema educativo no universitario de la Comunidad de Castilla y León, para el curso académico 2018/2019.

  2. La ConsejerÃa de Educación otorgará el nombramiento de profesores honorÃficos colaboradores en una o en las dos vÃas de colaboración descritas en el artÃculo 3.1 de la Orden EDU/716/2017, de 23 de agosto, por la que se regula la figura del profesor honorÃfico colaborador y el procedimiento para su nombramiento en el ámbito del sistema educativo no universitario de la Comunidad de Castilla y León.

    Segundo.- Destinatarios.

    Podrán participar en esta convocatoria, para solicitar el nombramiento, las personas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Docentes que se hayan jubilado como funcionarios de carrera, que hayan prestado servicios en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León y no hayan cumplido la edad de 70 años antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    2. Que hayan pertenecido a los cuerpos docentes no universitarios durante un perÃodo mÃnimo de 25 años. En este cómputo se incluye el tiempo que el docente haya permanecido con licencia, salvo la licencia por asuntos propios, que haya permanecido en excedencia, salvo la excedencia por interés particular, y el tiempo que haya estado en situación de interinidad.

    3. Que hayan ejercido su actividad laboral en alguno de los siguientes cuerpos docentes: Maestros, catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos de artes plásticas y diseño, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño.

    4. Que hayan destacado a lo largo de su vida profesional por algún reconocimiento docente, de innovación, investigación, formación permanente y/o gestión.

    Tercero.- VÃas de colaboración.

  3. Las vÃas de colaboración en las que podrán participar los destinatarios a que se refiere el apartado anterior serán las siguientes:

    1. Abierta: El docente jubilado solicita su nombramiento como profesor honorÃfico colaborador de forma general, en una o varias de las siguientes lÃneas prioritarias: Innovación e investigación educativa, inclusión educativa y cambio metodológico, desarrollo de la competencia digital e integración didáctica de las TIC, promoción de los procesos de internacionalización y desarrollo de la competencia lingüÃstica y didáctica en lenguas extranjeras, fomento de la convivencia y valores de una vida saludable, y desarrollo cientÃfico en las diferentes áreas curriculares, ofreciendo su colaboración como docente experto. El docente jubilado podrá solicitar hasta un máximo de tres lÃneas prioritarias, y hasta un máximo de tres provincias donde ofrecer su colaboración.

    2. Concreta: El docente jubilado solicita su nombramiento como profesor honorÃfico colaborador, mediante la presentación de un proyecto de colaboración elaborado por él, para desarrollarlo en un centro docente concreto. El proyecto deberá estar preferentemente relacionado con materias o programas de inclusión educativa,

    de innovación o investigación educativa, y si es aprobado por la comisión de valoración a que se refiere el apartado séptimo, entrará a formar parte del Plan autonómico de formación del profesorado.

  4. Un mismo docente jubilado podrá solicitar su participación y ser nombrado como profesor honorÃfico colaborador en ambas vÃas de colaboración.

    Cuarto.- Cuerpos docentes para los que se oferta el nombramiento.

    Los cuerpos docentes para los que se oferta el...

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