ORDEN EDU/33/2017, de 26 de enero, por la que se crea la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad de Castilla y León, y se establecen determinados aspectos de la evaluación, para el curso académico 2016-2017.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su artículo 36 bis que los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes.
Por su parte, el Real Decreto-Ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, modifica en su artículo 1 la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, y dispone en el apartado 3 de la misma que, hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, no será necesaria para obtener el título de Bachiller y se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a estudios universitarios.
Además, en el artículo 2.2 se determina que, durante el periodo previsto en los apartados 2 y 3 de la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad se regirá por las previsiones de este artículo y, supletoriamente, y en lo que resulten compatibles con ellas, por el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. El apartado 4.c) de dicho artículo atribuye a las administraciones educativas, en colaboración con las Universidades, la organización de la realización material de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
El Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, establece en su disposición adicional segunda que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte determinará las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la citada evaluación En aplicación de lo allí dispuesto, la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, determina las características, el diseño y el contenido de la evaluación Bachillerato para el acceso a la Universidad, así como las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016-2017.
El apartado 1 del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la Comunidad Autónoma las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.
La normativa expuesta aconseja la creación de una Comisión organizadora de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad de Castilla y León, para el curso académico 2016-2017, con la participación tanto de la Administración educativa como de las universidades públicas de la Comunidad, que sustituirá a la Comisión organizadora de las pruebas de acceso a enseñanzas universitarias oficiales de Grado creada por la Orden EDU/2017/2009, de 15 de octubre, ya derogada, adecuando al nuevo marco legal las funciones y responsabilidades de sus miembros. Asimismo a través de la presente orden se procede al establecimiento de determinados aspectos de la evaluación de Bachillerato para el citado periodo referidos en concreto a la inscripción en la misma y a la determinación de los tribunales evaluadores.
En su virtud, en atención a las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
La presente orden tiene por objeto la creación de la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad de Castilla y León y el establecimiento de determinados aspectos de la evaluación, para el curso académico 2016-2017.
Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad de Castilla y León
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Se crea la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad de Castilla y León, órgano colegiado cuya finalidad es organizar las pruebas de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad y la coordinación de los distintos agentes intervinientes en su realización, para el curso académico 2016-2017.
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Esta Comisión estará adscrita a la Consejería de Educación.
Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad de Castilla y León tendrá atribuidas las siguientes funciones:
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Definir el contenido de las pruebas y los estándares de aprendizaje evaluables en las mismas.
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Fijar los criterios para la elaboración de las propuestas de pruebas.
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Aprobar las pruebas que realizarán los estudiantes.
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Establecer los criterios de calificación de las pruebas.
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Fijar las fechas de las convocatorias y de los procedimientos de revisión de las calificaciones.
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Determinar los horarios y las sedes en las que se realizará la evaluación.
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Designar a los miembros de los tribunales evaluadores.
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Establecer los...
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