ORDEN EDU/324/2015, de 17 de abril, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la realización de másteres universitarios en las universidades públicas de Castilla y León durante el curso académico 2015-2016, por jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

En el marco del período 2014-2020 y con el fin de cumplir los objetivos establecidos en la estrategia UE 2020, se crea el Programa Operativo de Empleo Juvenil, financiado de forma conjunta por el Fondo Social Europeo (FSE) y la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ). Esta iniciativa beneficiará a las regiones europeas con tasa de desempleo juvenil superiores al 25%, entre las cuales se encuentra España.

En nuestro país, la aprobación del Plan Nacional de Garantía Juvenil y la implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, hacen posible la ejecución de los fondos procedentes de la Iniciativa de Empleo Juvenil y del Fondo Social Europeo, destinados al apoyo del empleo juvenil, para contribuir a facilitar la mejora de la empleabilidad y la inserción en el mercado de trabajo de los jóvenes, en el marco del período 2014-2020 y con el fin de cumplir los objetivos establecidos en la estrategia UE 2020.

El 10% de los jóvenes menores de 25 años que, actualmente, ni estudian, ni trabajan, tienen estudios universitarios, amplias habilidades e incluso experiencia laboral previa y sin embargo, buscan empleo sin éxito. Para ellos, el objetivo marcado es mejorar su empleabilidad a través de la adecuación de su formación a los requerimientos de quienes ofrecen empleo.

La Consejería de Educación considera oportuno contribuir a la consecución de este objetivo, a través de la concesión de ayudas a los jóvenes de este perfil, destinadas a financiar la realización de Másteres universitarios que adecúen su formación para su inserción en el mercado de trabajo.

En este sentido mediante Orden EDU/150/2015, de 18 de febrero, se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de másteres universitarios en las universidades públicas de Castilla y León por jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil. Posteriormente, mediante Resolución de XX de febrero de 2015, se ha seleccionado los másteres universitarios impartidos por universidades públicas de Castilla y León que podrán cursar quienes resulten beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria. De acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León, procede ahora realizar su convocatoria para el curso académico 2015-2016.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto de la convocatoria.

  1. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar la realización de másteres universitarios, en las universidades públicas de Castilla y León durante el curso académico 2015-2016, por jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

  2. Los másteres universitarios, cuya realización se financiará con estas ayudas, son los seleccionados en la Resolución de 23 de febrero de 2015 de la Dirección General de Universidades e Investigación.

  3. Estas ayudas están cofinanciadas por la Unión Europea dentro de su Marco Financiero Plurianual 2014-2020, a través del Fondo Social Europeo (FSE) y la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ).

    Segundo.- Modalidades y cuantías de las ayudas.

    Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos generados por la matrícula. La cuantía de esta ayuda será el 100% del importe fijado para los créditos del máster en el que se haya matriculado durante el curso académico 2015-2016.

    Tercero.- Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los jóvenes que, reúnan los siguientes requisitos:

    1. Estar en posesión del título universitario que de acceso al máster universitario que desee cursar.

    2. Figurar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil conforme al procedimiento establecido en el artículo 98 de la Ley 18/2014 de 15 de octubre de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia.

    3. Haberse matriculado antes del 31 de julio de 2015, en régimen presencial y dedicación académica a tiempo completo en los 60 créditos de uno de los másteres universitarios, seleccionados por Resolución de 23 de febrero de la Dirección General de Universidades e Investigación, que se impartirán en las universidades públicas de Castilla y León durante el curso 2015-2016. Este requisito será condición necesaria para proceder al pago de las ayudas pero no para formalizar la solicitud, es decir, en ningún caso, los solicitantes deberán, ni formalizar la matrícula, ni realizar pago alguno, con anterioridad a la resolución de la convocatoria.

      Para los estudiantes que estén afectados de discapacidad de un grado igual o superior al 65 por ciento, el requisito de matriculación indicado en el apartado anterior se reducirá hasta un máximo del 50 por ciento (30 créditos). En ningún caso podrán optar a esta ayuda con una matrícula inferior.

    4. No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Cuarto.- Obligaciones de los beneficiarios.

  4. Los beneficiarios, además de las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deberán cumplir las siguientes obligaciones:

    1. Suministrar a la universidad en la que está matriculado en el máster, los datos necesarios que le soliciten para recoger y procesar los indicadores establecidos en los Anexos I y II del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 o cualquier otra información que resulte necesaria para la correcta tramitación de la ayuda.

    2. Superar la totalidad de los créditos de que esté matriculado en el curso 2015-2016. Este mismo criterio se aplicará también a los casos de estudiantes con discapacidad igual o...

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