ORDEN CYT/82/2015, de 4 de febrero, por la que se convocan subvenciones para la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León para el año 2015.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Por la Orden CYT/283/2014, de 14 de abril, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 81, de 30 de abril de 2014, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León.

Estas subvenciones tienen como finalidad colaborar en la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León. Por ello, se hace necesario efectuar la convocatoria de dichas subvenciones. La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, supuso un refrendo decisivo en el desarrollo de la Administración electrónica.

La Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública, reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración Autonómica, pudiendo realizar sus trámites por medios electrónicos.

El Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León viene a garantizar el ejercicio efectivo del derecho de los ciudadanos a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en la medida III.B.4. Generalización de las notificaciones electrónicas , de las aprobadas por Acuerdo 22/2014, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las Medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se continua en la presente convocatoria con la posibilidad de la notificación electrónica por comparecencia.

Las notificaciones se practicarán en el lugar indicado en las solicitudes, o bien mediante avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a través del correo electrónico que conste en las solicitudes. Dichos avisos no tendrán, en ningún caso, los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

El acceso electrónico de los interesados al contenido de dichas actuaciones implica su consentimiento para ser notificado por medios electrónicos, y producirá los efectos de una notificación por comparecencia, tal como establecen los artículos 28.1 y 5 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios

Públicos. En el caso de no acceder al documento se procederá a su notificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Así mismo, y de acuerdo con la medida III.C.1. Supresión de la obligación de aportar determinados documentos por los ciudadanos , se mantiene la supresión ya prevista en anteriores convocatorias, de la obligación del solicitante de aportar determinados documentos, incorporados en el catálogo de simplificación documental.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Orden CYT/283/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.- Convocatoria.

Convocar, para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en el territorio de Castilla y León, con la finalidad de colaborar en la organización de dichos eventos.

Segundo.- Dotación y aplicación presupuestaria.

  1. Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria, anualidad y cuantía que se detalla a continuación, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015:

    Anualidad

    Aplicación Presupuestaria

    Importe

    2015

    10.04.336A01.78011

    275.000 €

  2. De la cuantía total, 45.000 € están destinados a eventos deportivos con participación de personas con discapacidad organizados por clubes deportivos de discapacitados y federaciones deportivas que gestionen alguna modalidad/especialidad deportiva de discapacitados. Si no se agotara la parte del crédito correspondiente a clubes deportivos y federaciones deportivas de discapacitados, la parte sobrante incrementará el presupuesto destinado al resto de clubes deportivos y federaciones deportivas.

    Tercero.- Conceptos subvencionables.

  3. Los conceptos para los que pueden solicitarse las subvenciones incluidas en la presente convocatoria son:

    1. Gastos de personal técnico necesario para la celebración del evento deportivo.

    2. Gastos de otro personal necesario para la celebración del evento deportivo.

    3. Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de deportistas, organizadores y personal que participe en la celebración del evento deportivo.

    4. Gastos derivados de la adquisición o alquiler del material necesario para la celebración del evento deportivo.

    5. Gastos derivados del arrendamiento de las instalaciones necesarias para la celebración del evento deportivo.

    6. Canon federativo.

    7. Otros gastos necesarios para la organización del evento deportivo como cobertura médica, seguros, premios, trofeos y medallas.

  4. A los efectos de esta orden, se entenderá por evento deportivo extraordinario de carácter nacional o internacional, aquel acontecimiento deportivo de carácter competitivo que se encuentre incluido en los calendarios oficiales de las Federaciones deportivas nacionales o internacionales de la modalidad deportiva correspondiente, excepto las competiciones que formen parte de la liga regular de la modalidad deportiva de que se trate. En el caso de que el evento no se encontrase incluido en los calendarios citados deberá aportarse certificación...

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