ORDEN IYJ/492/2011, de 4 de abril, por la que se conceden las ayudas convocadas mediante Orden IYJ/1705/2010, de 26 de noviembre, a Entidades Locales de Castilla y León en materia de Consumo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero.- El día 18 de febrero de 2009, en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 33 se publica la Orden IYJ/288/2009 de 13 de febrero por la que se aprueban las bases reguladoras de las líneas de subvención en materia de consumo destinadas a Entidades Locales de Castilla y León.

Segundo.- El día 21 de diciembre de 2010, en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 244 se publica la Orden IYJ/1705/2010, de 26 de noviembre, que convoca el proceso de concesión de ayudas públicas a Entidades Locales de Castilla y León para cofinanciar actividades en materia de consumo.

Tercero.- Una vez finalizado el proceso de presentación de solicitudes y selección de las Ayudas que se pretende conceder a las Entidades Locales de Castilla y León que así lo han solicitado, se debe proceder a la tramitación de la correspondiente Orden de concesión de Subvención. Para ello la Comisión de Valoración constituida al efecto ha emitido acta-informe de fecha 23 de marzo de 2011.

Cuarto.- El Director General de Protección Civil y Consumo ha formulado Propuesta de Resolución de la convocatoria citada el día 28 de marzo de 2011. Por lo expuesto son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

  1. La instrucción de este procedimiento le viene atribuida a la Agencia de Protección Civil y Consumo, según expresa el punto 3.- de la base sexta del Título I de la Orden IYJ/288/2009, de 13 de febrero, que aprueba las bases reguladoras de la presente subvención.

  2. El punto 6 y 7.- de la base Sexta del Título I de la Orden IYJ/288/2009, de 13 de febrero, que aprueba las bases reguladoras de las líneas de subvención en materia de consumo destinadas a Entidades Locales de Castilla y León, dispone que el órgano instructor a la vista de las actuaciones practicadas y del informe de la Comisión de Valoración formulará propuesta de resolución motivada. Esta propuesta será provisional, a excepción de que no sean tenidos en cuenta nuevos hechos ni documentos más que los alegados por los solicitantes, en cuyo caso será definitiva.

  3. El punto 1.- de la base Séptima del Título I de la Orden IYJ/288/2009, de 13 de febrero, que aprueba las bases reguladoras de las líneas de subvención en materia de consumo destinadas a Entidades Locales de Castilla y León, dispone que, a la vista de la propuesta formulada por el órgano instructor, el Consejero de Interior y Justicia dictará resolución motivada resolviendo la presente...

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