DECRETO 102/1992, de 17 de junio, por el que se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa que precisa el Excmo. Ayuntamiento de Valladolid, para la ejecución de la obra: 'Acondicionamiento de la margen izquierda del río Pisuerga, en el sector que limita con la calle Curtidores'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 23-06-1992 Nº Boletín: 118 / 1992

DECRETO 102/1992, de 17 de junio, por el que se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa que precisa el Excmo. Ayuntamiento de Valladolid, para la ejecución de la obra: "Acondicionamiento de la margen izquierda del río Pisuerga, en el sector que limita con la calle Curtidores".

El Excmo. Ayuntamiento de Valladolid ha incoado expediente sobre expropiación forzosa a fin de procurar la disponibilidad de terrenos para la realización de obras de acondicionamiento de la margen izquierda del rio Pisuerga, que tiene previsto acometer la Junta de Castilla y León, formulando petición expresa ante la misma para la preceptiva declaración de urgencia.

El acuerdo de expropiación fue adoptado por el Ayuntamiento en sesión del dia 10 de enero de 1991, siendo sometido a información pública por plazo de quince dias, habiéndose resuelto las alegaciones presentadas en fecha 13 de agosto de 1991 y 10 de febrero de 1992, por lo que se entiende cumplido suficientemente el trámite de audiencia pública.

La urgencia de la ocupación de los terrenos está constatada en el expediente por la necesidad de disponibilidad de los mismos, en el más breve plazo posible, que la Junta de Castilla y León tiene sobre los mismos.

La competencia para la declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia autorizar al Excmo. Ayuntamiento de Valladolid la utilización del procedimiento de urgencia para la ejecución de la obra referenciada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión celebrada el dia 17 de junio de 1992,

DISPONGO:

Articulo único Se declara de urgencia la ocupación de los terrenos cuya relación se recoge en el Anexo y que son precisos ocupar para la ejecución de la obra «Acondicionamiento de la margen izquierda del rio Pisuerga, en el sector que limita con la calle curtidores», a realizar por el Excmo

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