ORDEN ADM/1898/2009, de 17 de septiembre, por la que se convoca concurso-oposición (turno de promoción interna y de personas con discapacidad) para el ingreso como personal laboral fijo de la Administración de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos en la categoría de Técnico de Gestión Informática

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

ORDEN ADM/1898/2009, de 17 de septiembre, por la que se convoca concurso-oposición (turno de promoción interna y de personas con discapacidad) para el ingreso como personal laboral fijo de la Administración de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos en la categoría de Técnico de Gestión Informática.

El Título IV del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta regula la provisión de vacantes, contratación e ingreso.

En su Capítulo IV se señala que los procesos de promoción serán objeto de la oportuna convocatoria que podrá formalizarse de manera separada a la de los procesos de selección para nuevo ingreso.

En cumplimiento de lo dispuesto en los Decretos 21/2007, de 8 de marzo, y Decreto 22/2008, de 19 de marzo, por los que se aprueban la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007 y 2008, respectivamente, procede convocar las vacantes ofertadas para su provisión mediante contratación laboral de carácter fijo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio colectivo vigente y demás normativa laboral de aplicación, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, acuerda convocar el concurso-oposición (turno de promoción interna y de personas con discapacidad) para el ingreso como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos autónomos en la categoría de Técnico de Gestión Informática, que se desarrollará con sujeción a las siguientes:

Bases generales Las bases generales por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden ADM/853/2009, de 27 de marzo ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 22 de abril).

Bases específicas Primera. Número y características de las plazas.

1.1. Se convoca procedimiento selectivo para cubrir 5 plazas de la categoría de Técnico de Gestión Informática, Grupo II, que se relacionan en el Anexo I.

De este número se reservan 3 plazas para el turno de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento o que tengan tal consideración, en los términos que establece el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Una vez cubiertas las plazas del turno reservado para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho turno resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del acceso general, serán incluidos por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

1.2. Se podrán acumular al turno general las plazas reservadas al turno de personas con discapacidad que resulten desiertas.

1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los dos turnos.

Segunda. Procedimiento selectivo.

El procedimiento de selección de los aspirantes será el concursooposición.

2.1. Fase de oposición.

Constará de un sólo ejercicio con tres partes y se calificará con notas de cero a veinte, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos. La primera parte será se calificará de cero a ocho puntos, la segunda de cero a once puntos y la tercera de cero a un punto.

Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 25 preguntas relacionadas con las materias que figuran en el programa del Anexo II. El tiempo para su desarrollo será como máximo de cuatro horas.

Segunda parte: Consistirá en el desarrollo obligatorio de dos supuestos teórico-prácticos relacionados con el programa. El tiempo para su desarrollo será de cuatro horas como máximo. Para aprobar este ejercicio se deberá obtener en cada uno de los supuestos una puntuación mínima del 25% de la puntuación total asignada a cada uno de ellos.

Tercera parte: Consistirá en la traducción al castellano sin diccionario de un texto técnico escrito en inglés. El tiempo para su desarrollo será determinado por el Tribunal.

2.2. Fase de concurso.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración en esta fase.

Para garantizar el principio de igualdad, la valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de instancias prevista en la base 5.3.

  1. Baremo.

    Por pertenecer a la misma área funcional: 0,20 puntos por mes de servicios, hasta un máximo de 5 puntos.

    Por pertenecer a una categoría profesional del mismo grupo: 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de dos puntos.

    Por pertenecer a una categoría profesional del Grupo III: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.

    Por antigüedad: 0,02 puntos por mes hasta un máximo de 5 puntos.

    Por títulos académicos reconocidos oficialmente, en relación directa con la categoría a la que se promociona, 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 5 puntos.

  2. Forma de acreditación:

    A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos autónomos, mediante el certificado a que hace referencia la base 7.4 (Anexo V) expedido por la correspondiente Secretaría General o, en su caso, por: la Dirección General de Recursos Humanos, la Gerencia de Servicios Sociales, el órgano competente de la Gerencia Regional de Salud, y la Gerencia del Servicio Público de Empleo, en ejemplar duplicado. Uno de tales ejemplares será remitido a la Secretaría General de la Consejería de Administración Autonómica, a la mayor brevedad posible, y el otro al interesado.

    Los restantes méritos se acreditarán con la fotocopia completa y debidamente compulsada de los títulos académicos o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

    2.3. Calificación final.

    La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

    En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y, de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad.

    No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

    Tercera. Programa.

    El programa que rige el procedimiento selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

    Cuarta. Requisitos de los candidatos.

    Además de los requisitos generales enumerados en el apartado cuarto de las bases generales, los aspirantes deberán reunir los siguientes:

    4.1. Pertenecer a la plantilla de personal laboral fijo o fijo-discontinuo al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de los Organismos autónomos dependientes de ésta, en situación de activo o en excedencia.

    4.2. Pertenecer a una categoría profesional distinta a la que es objeto de la convocatoria pero integrada en el mismo grupo profesional, o a una categoría integrada en los Grupos III ó IV.

    4.3. Haber prestado servicios efectivos como trabajador laboral fijo o fijo-discontinuo de la Administración General o de los Organismos autó nomos dependientes de ésta en la categoría desde la que promociona durante un periodo mínimo de dos años.

    4.4. Estar en posesión del título académico de Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico o...

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