ORDEN CYT/1789/2005, de 15 de diciembre, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN CYT/1789/2005, de 15 de diciembre, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 15 de la Ley de la Función Pública de Castilla y León, Ley 7/2005 de 24 de mayo, así como el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 10/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005, y teniendo esta Consejería puestos de trabajo vacantes adscritos a funcionarios cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y vista la autorización conjunta de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Economía y Hacienda, procede efectuar la presente convocatoria para cubrir las plazas que se indican en el Anexo I conforme a las siguientes,

BASES:

Primera. Convocar públicamente la cobertura de las plazas para personal interino con las características y requisitos que se señalan en el Anexo I de esta Orden.

Segunda. Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en el Anexo I deberán dirigir sus instancias, según modelo Anexo II de esta Orden, al Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León o en los lugares a

que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No deberán aportarse junto a las instancias, los documentos acreditativos de los méritos alegados. Estos serán objeto de comprobación, por la Comisión de Selección conforme se establece en la base cuarta.

Tercera. Los candidatos deberán reunir, además de los requisitos citados, los siguientes:

  1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la C.E.

  2. Tener cumplidos los 18 años de edad en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

  3. No...

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