ORDEN SAN/267/2007, de 7 de febrero, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: A.T.S./D.U.E., Fisioterapeuta y Matrona de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/267/2007, de 7 de febrero, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes:

A.T.S./D.U.E., Fisioterapeuta y Matrona de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

Por Orden SAN/557/2006, de 3 de abril, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' del 10 de abril, fue convocado concurso de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: A.T.S./D.U.E., Fisioterapeuta y Matrona de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

Realizada la valoración de los méritos alegados por los concursantes, esta Consejería, por Orden SAN/1958/2006, de 1 de diciembre (publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' del 14 de diciembre), hizo pública la resolución provisional del concurso, abriendo un plazo de quince días para que los interesados pudieran efectuar las alegaciones que estimaran pertinentes.

Finalizado dicho plazo procede publicar la adjudicación definitiva de las plazas ofrecidas en el concurso, de conformidad con lo establecido en la base seis, apartado tercero de la convocatoria.

Esta Consejería, a propuesta de la Gerencia Regional de Salud, en virtud de lo establecido en el artículo 37 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud RESUELVE:

Primero. Adjudicar con carácter definitivo las plazas que figuran en Anexo a la presente Orden, con indicación de los concursantes a los que definitivamente se les adjudica destino, con la puntuación obtenida.

Segundo. Las plazas adjudicadas son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución

de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública, conforme lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Los traslados derivados de este concurso tienen carácter voluntario y no generan derecho alguno a ninguna clase de indemnización.

Tercero. Ceses y tomas de posesión.

Los concursantes que hayan obtenido plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñan, dentro de los tres días hábiles a contar desde el día 26 de marzo de 2007.

La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de...

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