DECRETO 45/2016, de 7 de diciembre, de la comisión de política agraria y agroalimentaria y de los órganos consultivos en el ámbito agrario y agroalimentario de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Diciembre de 2016
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

La Ley 1/2014, de 19 de marzo, agraria de Castilla y León, define como objetivos generales en relación con la actividad agraria y agroalimentaria de la Comunidad, entre otros, fortalecer y mejorar la competitividad del sector agrario y agroalimentario; favorecer la vinculación entre dicho sector y la industria agroalimentaria transformadora y comercializadora y facilitar la distribución justa y eficiente de costes y beneficios en la cadena de valor agraria. Para la consecución de tales objetivos, la ley considera necesario fomentar la capacidad de interlocución, negociación y participación de los sectores agrario y agroalimentario, así como la representación de sus intereses. La ley parte del principio de que el acceso y ejercicio de las actividades agraria y agroalimentaria en condiciones de mercado es plenamente compatible con las iniciativas que los poderes públicos adopten para intentar evitar desequilibrios entre los distintos eslabones de la cadena de valor en la que los sectores agrario y agroalimentario interactúan con otros intereses.

El propio Estatuto de Autonomía de Castilla y León ampara la creación de estos foros en el ejercicio de la competencia de organización, régimen y funcionamiento de la Administración autonómica (artículo 70.1.1.º) que tiene atribuida la Comunidad.

La regulación de los órganos colegiados a los que se refiere este decreto consigue una mayor coordinación entre la Administración y las entidades representativas de los respectivos intereses, lo que potencia la transparencia y publicidad de la actuación administrativa y permite hacer efectivos los derechos a participar en los asuntos públicos y a una buena Administración que establecen los artículos 11 y 12 del Estatuto de Autonomía, respectivamente.

En estos momentos, el objetivo estratégico en materia agraria y agroalimentaria es fortalecer la competitividad del sector y reforzar la interrelación entre los representantes de los distintos eslabones de la cadena alimentaria, prestando especial atención a la interacción con los representantes del sector productor, origen de la materia prima alimentaria.

Al servicio de este objetivo estratégico se articulan las plataformas de productividad y competitividad que modelan las necesidades de consulta y asesoramiento que surgen en el planteamiento y aplicación de la política agraria y alimentaria, a través de distintos órganos de consulta. En el organigrama de interlocución, en un nivel horizontal, se encuentran órganos colegiados de carácter general y otros más centrados en un determinado sector agrario o alimentario según las plataformas específicas que se pongan en marcha. La estructura resulta coordinada a través de la comisión de política agraria y agroalimentaria de Castilla y León que aparece en el vértice de la pirámide de la estructura de dichos órganos colegiados.

Procede tratar de forma unificada los órganos colegiados en los que han de desenvolverse las relaciones de consulta y asesoramiento referidas. En el momento de abordar el tratamiento unificado de estos órganos colegiados es necesario inevitablemente tener presente la transformación experimentada por los sectores agrario y agroalimentario, pues sus características justifican la puesta en marcha de las plataformas de productividad y competitividad y la estructura, las funciones y la composición de los órganos colegiados en los que se apoyan.

El sector agrario está inmerso en un proceso continuo de adaptación a las nuevas condiciones del mercado, a la creciente sensibilidad de la sociedad ante la calidad y la seguridad alimentaria y al establecimiento de métodos de producción compatibles con el mantenimiento y mejora del medio ambiente.

En su vertiente de productor de alimentos, el sector tiene un valor estratégico innegable en la economía regional, tal y como lo corroboran las magnitudes económicas sobre su participación en el PIB, el número de empleos que genera y la proyección internacional de la que goza. No obstante, es un sector que integra una amplia diversidad de agentes de los sectores de la producción, la transformación y la distribución, cada uno con su particular idiosincrasia. El sector productor agrario se ve afectado por un alto nivel de atomización, en el que mayoritariamente se integran empresas de pequeña dimensión; de igual modo, en la industria agroalimentaria conviven pequeñas y medianas empresas junto con grandes grupos industriales españoles e internacionales. Por su parte, el sector de la distribución alimentaria se encuentra dividido en dos tipos de canales de venta, el canal de venta concentrado en empresas con superficies de venta de mediano y gran tamaño que, normalmente pertenecen a grandes grupos de distribución minorista que concentran la demanda de los distintos puntos de venta, lo que les confiere un gran poder de negociación frente a los proveedores, y el canal de venta del comercio especializado, formado por empresas con superficies de venta al público de reducido tamaño de tipo familiar, ubicadas en mercados municipales, galerías comerciales o instalaciones de venta propias.

Esta heterogeneidad, en el contexto económico actual justifica la necesidad de diseñar y aplicar políticas agrarias de diversificación económica y de desarrollo rural que hagan posible la ocupación productiva del territorio, su conservación y valorización.

Si bien es cierto que la Ley 1/2014, de 19 de marzo, regula cuáles son los órganos consultivos en el ámbito agrario y agroalimentario, la Administración de la Comunidad, en el marco de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha considerado necesario constituir un foro de alto nivel, la comisión de política agraria y agroalimentaria de Castilla y León, que será el foro en el que se debatirán las grandes orientaciones de la política de la Comunidad previamente fijadas por la Junta de Castilla y León. Dicho órgano se suma a las iniciativas autonómicas ya adoptadas para contribuir a garantizar una mayor transparencia de los precios, la mejora de la competencia, o a mantener el equilibrio de poder en la negociación y contratación, todo ello con pleno respeto a la economía de mercado.

Por otra parte, la comisión coordinará, en lo que resulte necesario, la actuación de los órganos consultivos que regula la Ley 1/2014, de 19 de marzo, lo que permitirá mejorar el buen gobierno de los asuntos agrarios, agroalimentarios y de desarrollo rural, en un escenario en el que se relacionen, de manera permeable pero inseparable, el sector productor con el de la transformación y la distribución. Esta comisión se convierte así en

un órgano colegiado cuyas funciones tienen un denominador común, conseguir un mayor equilibrio y transparencia en el seguimiento y aplicación de las políticas del sector agrario y agroalimentario. Las organizaciones profesionales agrarias, la representación de las cooperativas, la industria agroalimentaria y la distribución participan de forma equilibrada en la comisión a través de representantes que también actúan en el consejo regional agrario, en el comité asesor agroalimentario y en el comité del cooperativismo agrario.

De esta forma, respetando lo establecido en el título II del libro cuarto de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, se desarrolla la composición de los órganos consultivos en él regulados y sin restringir las competencias propias de cada uno de ellos, se crea en el presente decreto, la comisión de política agraria y agroalimentaria de Castilla y León, con el fin de garantizar una actuación coordinada en un sector que resulta prioritario para el desarrollo rural de nuestra Comunidad.

En la constitución y el funcionamiento de los órganos colegiados a que se refiere este decreto habrán de cumplirse las directrices normativas y de actuación de los órganos colegiados en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, orientadas a dotar a los órganos de participación social de herramientas funcionales más ágiles en la adopción de acuerdos. Es el caso del uso de las nuevas tecnologías que se ha convertido en una herramienta al servicio de la relación con la administración. En la línea de lo que establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente decreto recoge en su articulado la preferencia por...

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