ORDEN EDU/1441/2005, de 27 de octubre, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de congresos, simposios y reuniones científicas, durante el año 2006.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1441/2005, de 27 de octubre, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de congresos, simposios y reuniones científicas, durante el año 2006.

La Comunidad de Castilla y León tiene, en virtud del artículo 32.1

17.' de su Estatuto de Autonomía, competencia exclusiva en materia de investigación científica y técnica, sin perjuicio de las competencias que se reserva el Estado en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

Por otro lado, la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) de Castilla y León, recoge entre sus objetivos y fines la necesidad de fomentar la investigación científica y el desarrollo tecnológico en Castilla y León. Así mismo dichos objetivos son contemplados en los artículos 3 y 7 de la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.

En cumplimiento de estos mandatos legales, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León está comprometida con todos los esfuerzos, que desde distintos ámbitos están realizando las Universidades de Castilla y León y otras instituciones universitarias y de investigación para mejorar la calidad de la Enseñanza y la Investigación y, en especial, de aquellas acciones que contribuyen a su análisis crítico y a su difusión.

De esta manera se pretende facilitar que las Universidades, institutos universitarios y organismos públicos de investigación sean elementos activos en la creación y difusión de la investigación, la ciencia y la cultura.

En particular el actual proceso de adecuación del sistema universitario español al Espacio Europeo de Enseñanza Superior hace necesario que el profesorado tenga amplia y adecuada información de ese proceso de integración, por lo que parece oportuno que las temáticas en torno al mismo sean abordadas por las Universidades y otros organismos a través de la organización y realización de Congresos, Simposios o Reuniones científicas.

En consecuencia, teniendo en cuenta las reglas establecidas en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me son conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Consejería acuerda convocar concurso público para la concesión de ayudas con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera. Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas destinadas a financiar la realización de congresos, simposios y reuniones científicas dentro del territorio de Castilla y León organizados en el ámbito de las Universidades públicas y privadas, institutos universitarios, centros asociados a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y organismos públicos de investigación, ubicados en la Comunidad, durante el año 2005.

1.2. En la concesión de estas ayudas se primarán aquellos proyectos para la realización de congresos, simposios o reuniones científicas, que reuniendo la calidad suficiente, traten temáticas, total o parcialmente, relacionadas con el proceso de convergencia del sistema universitario español en el Espacio Europeo de Educación Superior, siempre que en ellos participen profesores de diversos centros, o áreas de enseñanza de varias Universidades de Castilla y León, sin excluir la posible participación de expertos de otras Universidades o Instituciones, ya sean nacionales o extranjeras.

1.3. No podrán ser objeto de las ayudas convocadas por la presente Orden los cursos, seminarios, ciclos de conferencias u otras actividades análogas.

1.4. Los congresos, simposios o reuniones científicas para cuya realización se solicite la ayuda deberán celebrarse necesariamente antes del día 31 de octubre de 2006.

1.5. Ninguna persona podrá figurar como director de más de un congreso, simposio o reunición científica para el que se solicite ayuda.

1.6. La cuantía máxima de la ayuda solicitada para cada congreso, simposio o reunión científica será de NUEVE MIL EUROS (9.000 ).

Segunda. Cuantía y dotación presupuestaria.

2.1. La cuantía máxima del crédito asignado a las Universidades públicas, institutos universitarios, centros asociados a la Universidad Nacional a Distancia y organismos públicos de Investigación será de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA EUROS (355.980 ) con cargo a la aplicación 07.04.541A01.44020 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para 2006.

2.2. El crédito máximo asignado a las universidades privadas será de DIECINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y TRES EUROS (19.133 ) con cargo a la aplicación 07.04.541A01.48026 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para 2006.

2.3. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas en el ejercicio correspondiente.

Tercera. Beneficiarios.

Podrán solicitar las ayudas convocadas mediante la presente Orden, las Universidades públicas y privadas, los centros asociados a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, los institutos universitarios (creados de acuerdo con el artículo 10.2 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria o según lo establecido en el...

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