ORDEN FYM/188/2014, de 12 de marzo, por la que se convoca el pago de ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), de la medida en favor del medio forestal, (incorporación 2009 y 2010).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Por un lado, el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece el marco de la ayuda comunitaria al desarrollo rural.

El Reglamento (CE) 1974/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, en lo que atañe a los principios y normas generales de la ayuda al desarrollo rural, las disposiciones específicas y comunes que regulan las medidas de desarrollo rural, y los criterios de subvencionalidad y las disposiciones administrativas, exceptuando las disposiciones en materia de control. Por otra parte, el Reglamento (UE) 65/2011, de la Comisión, de 27 de enero, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE)1698/2005, del Consejo, en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.

El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, establece el marco legal de estas ayudas, y persigue como objetivos: aumentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura mediante la ayuda a la reestructuración, el desarrollo y la innovación, mejorar el medio ambiente y el medio rural mediante ayudas a la gestión de tierras, y mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y fomentar la diversificación de la actividad económica.

Por otro lado, la Orden MAM/53/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 12 de 18 de enero de 2008, reguló en la Comunidad de Castilla y León el régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal.

La necesidad de adaptar la orden señalada a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, así como al Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, supuso la derogación de la Orden MAM/53/2008, de 15 de enero, y la aprobación de la Orden MAM/38/2009, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal, la cual prevé, en su disposición transitoria, que «Los procedimientos iniciados por convocatorias públicas anteriores a la entrada en vigor de esta Orden, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de la publicación».

Ambas órdenes señalan, en su artículo 12, que las solicitudes anuales de pago del citado régimen de ayudas se realizarán de acuerdo con la correspondiente orden de convocatoria de pago.

En cumplimiento de lo expuesto, se considera necesario efectuar la convocatoria para el pago de las siguientes anualidades:

- La cuarta anualidad de los titulares de explotaciones agrarias incorporados a dicha medida al amparo de la Orden MAM/323/2010, de 10 de marzo («Boletín Oficial de Castilla y León» de 17 de marzo de 2010).

- La quinta anualidad de los titulares de explotaciones agrarias incorporados a dicha medida al amparo de la Orden MAM/54/2009, de 19 de enero. («Boletín Oficial de Castilla y León» de 22 de enero de 2009).

Considerando el informe favorable de la Autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León en lo que respecta a las medidas financiadas por el FEADER a las que se refiere esta convocatoria y en su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y con base a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar, para el año 2014, el pago anual de las ayudas de la medida en favor del medio forestal, en base a las siguientes Órdenes de convocatoria: Orden MAM/323/2010, de 10 de marzo («Boletín Oficial de Castilla y León», de 17 de marzo de 2010) y Orden MAM/54/2009, de 19 de enero («Boletín Oficial de Castilla y León», de 22 de enero de 2009).

Segundo.- Beneficiarios.

  1. - El pago de las ayudas objeto de esta orden irá dirigido a los titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León que se hayan incorporado a la medida citada y tengan en vigor el contrato, para el año 2014.

  2. - En su caso, los beneficiarios de estas ayudas que accedan a los servicios de asesoramiento, regulados por la Orden AYG/1558/2010, de 27 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación o adecuación de las entidades que presten servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias y a la utilización de estos servicios por los agricultores, podrán beneficiarse de las ayudas para sufragar los gastos en concepto de honorarios por la consulta a dichos servicios, con cargo a las «ayudas a los agricultores para el acceso a los servicios de asesoramiento a las explotaciones» que anualmente se convocan, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

    Tercero.- Dotación y aplicación presupuestaria.

  3. - Las ayudas se pagarán con cargo a la aplicación presupuestaria y cuantía de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2014 que se detallan a continuación.

    Aplicación presupuestaria

    Importe

    04.08.456A01.77065.0

    1.886.073 €

  4. - Las ayudas previstas en esta orden están cofinanciadas por fondos comunitarios FEADER, por los Presupuestos Generales del Estado y por los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, los porcentajes de cofinanciación se detallarán en las resoluciones de concesión de la ayuda.

    Cuarto.- Solicitud de pago.

  5. - Solicitud de pago. Se deberá solicitar el pago, conforme al modelo denominado «Solicitud de pago» , cuyo formulario está disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

    Si el titular de la explotación no solicitara la ayuda correspondiente al año 2014, dejará de percibir la ayuda correspondiente a este año, pero seguirá incorporado a la medida, siempre que se verifique que ha seguido cumpliendo los compromisos asumidos.

  6. - Forma de presentación. La solicitud de pago se podrá presentar:

    1. De forma presencial en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común.

    2. Por medio de telefax, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se...

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