ORDEN FYM/1154/2017, de 12 de diciembre, por la que se suspende la aprobación definitiva de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, en el ámbito del Centro Comercial Vallsur.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

VISTO el expediente relativo a la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) de Valladolid, en el ámbito del Centro Comercial Vallsur, los siguientes son sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El término municipal del Valladolid se encuentra ordenado por un PGOU aprobado por Orden de 14 de julio de 1988 de la Consejería de Fomento (BOCyL de 18 de julio de 1988), adaptado a la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, (en adelante LUCyL) por Orden FOM/1084/2003, de la Consejería de Fomento de 18 de agosto (BOCyL n.º 165 de 27 de agosto de 2003), este Plan, junto con la citada LUCyL, el Decreto 22/2004, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (en adelante RUCyL), dentro del marco definido por la legislación básica del Estado integrada por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, configuran el régimen urbanístico de aplicación en dicho municipio.

SEGUNDO.- Con fecha 24 de octubre de 2013 tiene entrada en el Registro General de Ayuntamiento de Valladolid escrito de D. Eduardo Rodrigo Aragón, en representación de Unibail-Rodamco Inversiones, S.L.U., en el que se solicita la tramitación de una Modificación Puntual del PGOU de Valladolid, en el ámbito del Centro Comercial Vallsur.

Por Decreto de trámite de la Alcaldía de esa misma fecha dictado por la Concejala Delegada General de Urbanismo, (en ejercicio de la competencia delegada en la misma por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de junio de 2011), se inicia el expediente.

Con fecha 25 de octubre de 2013, el técnico urbanístico municipal emite informe favorable a la modificación propuesta y desde el Consejo de Administración de la Gerencia de Urbanismo se propone al Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, la apertura de un período de información pública del Avance de la referida modificación, sobre la cual la Secretaría General del Ayuntamiento emite informe el 28 de octubre de 2013.

TERCERO.- Así, en sesión del Pleno celebrada el 8 de noviembre de 2013, se acordó la apertura de un período de información pública de dicho Avance, durante un mes, que fue anunciada en la edición de El Norte de Castilla de 26 de noviembre de 2013, en el BOCyL n.º 232 de 2 de diciembre de 2013, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Valladolid durante el período comprendido entre el 2 de diciembre de 2013 y el 4 de

enero de 2014, así como en la web www.jcyl.es/plau y en la web www.valladolid.es. La elaboración del avance, por su intención preparatoria de la redacción de instrumento definitivo, es enviado a:

- Gerencia Municipal de Urbanismo y dentro de la misma:

* Secretaría Ejecutiva

* Servicio de Control de la legalidad urbanística

* Información urbanística y permisos de obra menor

* Centro de Información Geográfica

* Servicio de Infraestructuras

* Gestión Urbanística

* Evaluación Urbana

- Departamento de Contabilidad del Ayuntamiento de Valladolid.

- Intervención General del Ayuntamiento de Valladolid.

A la exposición pública del Avance D. Manuel Saravia Madrigal, en representación de Izquierda Unidas Grupo Municipal, presentó un escrito de alegaciones fuera de plazo, que fueron rechazadas de forma expresa y motivada.

CUARTO.- La presente modificación se encuentra incluida en el ámbito de aplicación del artículo 3.3 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente , que establecía que se sometiera a evaluación ambiental cuando se previera que pudiera tener efectos significativos en el medio ambiente. Todo ello corroborado por la Orden MAM/1357/2008, de 21 de julio, determinaba que se someterían al procedimiento previsto en la citada Ley 9/2006, de 28 de abril, entre otras, aquellas modificaciones de planeamiento general que modificaran la clasificación de Vías Pecuarias, como en este caso, ya que parte de los terrenos afectados por esta Modificación puntual del PGOU coincidían territorialmente con las vías pecuarias Cañada Real de las Merinas y Cordel de Simancas.

Para ello, se consultó previamente a las Administraciones afectadas y personas interesadas, con el fin de evaluar si la modificación pretendida pudiera tener efectos significativos para el medio ambiente. Concretamente se realizan las siguientes consultas:

- Dirección General de Comercio y Consumo.

- Dirección General de Patrimonio Cultural.

- Agencia de Protección Civil.

- Confederación Hidrográfica del Duero.

- Delegación del Gobierno en Castilla y León.

- Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

- Universidad de Valladolid.

- Diputación Provincial de Valladolid.

- Cámara de Comercio e Industria de Valladolid.

- UGT.

- Ecologistas en Acción de Valladolid.

Todos estos informes llevaron a la aprobación del Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en el ámbito del Centro Comercial Vallsur, a través de la aprobación de la Orden FYM/46/2014, de 21 de enero (BOCyL n.º 25, de 6 de febrero de 2014).

Con fecha 24 de abril de 2015, el Consejero de Fomento y Medio Ambiente redacta Memoria Ambiental, que es integrada en el documento de planeamiento.

QUINTO.- En la sesión del Pleno del Ayuntamiento, celebrada el 7 de octubre de 2014, se acuerda la aprobación inicial de la modificación del PGOU de Valladolid, en el ámbito del Centro Comercial Vallsur, así como la apertura de un período de información pública de dos meses, que fue anunciada en la edición del Norte de Castilla de 3 de noviembre de 2014, en el BOCyL n.º 213 de 5 de noviembre de 2014, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Valladolid durante el período comprendido entre el 5 de noviembre y el 8 de enero de 2015, así como en la web www.jcyl.es/plau , así como en la web www.valladolid.es .

Durante este período presentaron alegaciones:

- D. Manuel Saravia Madrigal, en representación de Izquierda Unidas Grupo Municipal.

- D. Alejandro García Pellitero, en representación de AVADECO.

Con fecha de 23 de enero de 2015 se emite informe de contestación a las mismas, procediendo también a la comunicación individualizada de su denegación o aceptación, ya sea total o parcial.

SEXTO.- Como resultado de la solicitud de los informes preceptivos, se emiten los siguientes, con entrada en el Registro del Ayuntamiento en las fechas que se señalan:

- Dirección General de Vivienda Arquitectura y Urbanismo (1 de diciembre de 2014).

- Diputación Provincial de Valladolid.

- Informe de la Agencia de Protección Civil (18 de marzo de 2015).

- Informe de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid (13 de marzo de 2015).

- Informe de la Confederación Hidrográfica del Duero (24 de abril de 2015).

- Informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid (27 de abril de 2015).

SÉPTIMO.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Norma Técnica Urbanística sobre Equipamiento Comercial de Castilla y León, aprobada por Decreto 28/2010, de 22 de julio, se solicitan informes de los siguientes ayuntamientos:

- Ayuntamiento de Cigales.

- Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga.

- Ayuntamiento de Cabezón de Pisuerga.

- Ayuntamiento de Fuensaldaña.

- Ayuntamiento de Mucientes.

- Ayuntamiento de Renedo de Esgueva.

- Ayuntamiento de Castronuevo de Esgueva.

- Ayuntamiento de la Cistérniga.

- Ayuntamiento de Tudela de Duero.

- Ayuntamiento de Laguna de Duero.

- Ayuntamiento de Boecillo.

- Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín.

- Ayuntamiento de Viana de Cega.

- Ayuntamiento de La Pedraja de Portillo.

- Ayuntamiento de Valdestillas.

- Ayuntamiento de Villanueva de Duero.

- Ayuntamiento de Simancas.

- Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda.

- Ayuntamiento de Geria.

- Ayuntamiento de Ciguñuela.

- Ayuntamiento de Zaratán.

- Ayuntamiento de Villanubla.

Ninguno de los informes emitidos por los Ayuntamientos presenta obstáculo alguno a la modificación.

Como consecuencia de la misma instrucción, se procede a solicitar informe de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente respecto de la afección a la red de carreteras de la Comunidad Autónoma y de la capacidad, funcionalidad y viabilidad de los sistemas y redes de transporte público, que es emitido en sentido favorable a la modificación propuesta con fecha 23 de febrero de 2015.

OCTAVO.- Tras la solicitud de todos los informes correspondientes, la Modificación Puntual entró en el orden del día de la sesión del Pleno de la Corporación, celebrado el día 7 de mayo de 2015. En dicho Pleno se acuerda:

- La aprobación provisional de la Modificación Puntual del PGOU de Valladolid, en el ámbito del Centro Comercial Vallsur.

- La remisión del expediente a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para su aprobación definitiva.

NOVENO.- Con fecha 4 de junio de 2015 tiene entrada en el Registro Único de las Consejerías de Agricultura y de Fomento y Medio Ambiente, la documentación del expediente administrativo a efectos de su aprobación definitiva. Se presentan tres ejemplares en soporte digital.

DÉCIMO.- Mediante escrito del Concejal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda del citado Ayuntamiento de 14 de septiembre de 2015, se ordenó el inicio del oportuno expediente para dejar sin efecto los acuerdos plenarios de 7 de octubre y 7 de mayo de 2015, de aprobación inicial y provisional respectivamente, que se inicia por Decreto de la Alcaldía de 14 de septiembre de 2015, por el que se resolvió iniciar las actuaciones tendentes a la revocación de los acuerdo plenarios.

El 6 de octubre de 2015, D. Simon Thomas Orchard, en representación de Unibail Rodamco Retail, S.L.U., solicita la publicación de la aprobación definitiva, por silencio positivo, de la Modificación Puntual del PGOU de Valladolid en el ámbito del Centro Comercial Vallsur.

Con fecha 16 de octubre de 2015 tiene entrada en el Registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR