ORDEN ADM/503/2008, de 14 de marzo, por la que se delegan atribuciones, del titular de la Consejería de Administración Autonómica, en los titulares de la Secretaría General, Direcciones Generales y Delegaciones Territoriales.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

ORDEN ADM/503/2008, de 14 de marzo, por la que se delegan atribuciones, del titular de la Consejería de Administración Autonómica, en los titulares de la Secretaría General, Direcciones Generales y Delegaciones Territoriales.

La Administración de la Comunidad de Castilla y León, en sus relaciones con los ciudadanos, actúa con objetividad y transparencia en la actuación administrativa con arreglo a los principios de simplicidad, claridad y proximidad, agilidad en los procedimientos administrativos y en las actividades materiales de gestión y con pleno respeto a sus derechos.

Y en su funcionamiento, se atiene a la eficacia en el cumplimiento de sus objetivos, eficiencia en el uso de los recursos, responsabilidad por la gestión, racionalización de sus procedimientos y actuaciones, y economía de medios, conforme se establece en el Art. 31 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 33 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, determina expresamente que la Administración General adecuará su organización, funcionamiento y relaciones a los principios generales y normas básicas del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. De acuerdo con el artículo 103 de la Constitución Española, la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

Con el objeto de conseguir el mayor grado de eficacia y celeridad administrativa, es necesario que determinadas atribuciones, relativas a contratación administrativa, y gestión presupuestaria, sean resueltas por los titulares de la Secretaría General, Direcciones Generales y Delegaciones Territoriales como responsables de la gestión y ejecución del Presupuesto de Gastos de sus respectivos Centros Directivos.

Por otro lado el artículo 32 de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas establece la competencia de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial para autorizar las actividades de formación que vayan a ejecutarse por las distintas Consejerías y la Gerencia de Servicios Sociales, con excepción de aquéllas dirigidas al personal docente.

El Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, en su artículo 5.º establece que corresponde a la Consejería de Administración Autonómica todas las competencias que hasta el momento tenía atribuidas la Consejería de Presidencia y Administración Territorial en materia de Función Pública,

Calidad de los Servicios y Atención al...

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