ORDEN FOM/929/2005, de 11 de julio, por la que se aprueba el expediente de información pública y se aprueba definitivamente el anteproyecto de la autovía Valladolid-Segovia. Tramo: Acceso sur a Cuéllar (enlace con SG-205) - Intersección con CL-603. Clave: A. P. 1.3-SG-3.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/929/2005, de 11 de julio, por la que se aprueba el expediente de información pública y se aprueba definitivamente el anteproyecto de la autovía Valladolid-Segovia. Tramo: Acceso sur a Cuéllar (enlace con SG-205) - Intersección con CL-603. Clave:

  1. P. 1.3-SG-3.

Vista la Propuesta de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de fecha 9 de junio de 2005.

Visto el Informe de la Asesoría Jurídica de fecha 7 de julio de 2005.

Visto el expediente del Anteproyecto de la autovía Valladolid-Segovia. Tramo: Acceso sur a Cuéllar (enlace con SG-205) - Intersección con CL-603, en el que figuran los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. ) Con fecha 6 de noviembre de 2003 se dicta la Orden de Estudio para la redacción del Anteproyecto referenciado.

  2. ) El 28 de junio de 2004, la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras aprueba el estudio previo de viabilidad económicofinanciera.

  3. ) La Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento resuelve el 26 de noviembre de 2004, la aprobación provisional.

  4. ) El día 26 de noviembre de 2004, por Resolución de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras se anuncia la Información Pública, haciéndose constar que lo es a efectos funcionales, ambientales y de acuerdo a lo previsto en el Título V de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (concesiones). Este anuncio es publicado en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' el día 1 de diciembre de 2004 ('B.O.C y L' n.º 232) y en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Segovia' el día 17 de diciembre de 2004 ('B.O.P. de Segovia' n.º 151).

  5. ) Durante el trámite de información pública se han presentado 47 alegaciones, las cuales una vez estudiadas y valoradas en el informe de 14 de marzo de 2005, se proponen una serie de modificaciones que en general son de carácter puntual, no alterando significativamente ni el trazado de la vía ni las características de la misma.

  6. ) El 14 de marzo de 2005, se da traslado a la Consejería de Medio Ambiente, copia de las alegaciones recibidas, así como del informe relativo a dichas alegaciones junto con las modificaciones propuestas, para su análisis en el procedimiento de Impacto Ambiental.

  7. ) El desarrollo del referido Anteproyecto fue objeto de Declaración de Impacto Ambiental favorable, a los solos efectos ambientales, mediante la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente de 1 de junio de 2005, publicada en el 'B.O.C. y L' n.º 110, de 8 de junio de 2005, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en dicha Declaración y sin perjuicio del cumplimiento de las normas urbanísticas u otras vigentes que puedan impedir o condicionar su realización.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Es competente el Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León para acordar la Aprobación del Expediente de Información Pública del Anteproyecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/1990 de 16 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 10.4 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, en aplicación de la Disposición Final Segunda de la mencionada Ley 2/1990.

Vistos los antecedentes de hecho puestos de manifiesto y los fundamentos de derecho reseñados.

DISPONGO:

  1. Aprobar el expediente...

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