ORDEN EYE/2215/2008, de 19 de diciembre, por la que se adecúa el régimen jurídico de las líneas de subvención con bases reguladoras de concesión de carácter estatal del Servicio Público de Empleo de Castilla y León a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/2215/2008, de 19 de diciembre, por la que se adecúa el régimen jurídico de las líneas de subvención con bases reguladoras de concesión de carácter estatal del Servicio Público de Empleo de Castilla y León a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 10/2003, de 8 de abril, de Creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, lo configura como un organismo autónomo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia laboral.

Por el Real Decreto 148/1999, de 29 de enero, tuvo lugar el traspaso de la gestión de la formación profesional ocupacional a la Comunidad Autónoma de Castilla y León y por Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, se hizo efectiva la transferencia a la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la gestión ejercida por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

Por su parte, el artículo 17.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece que las convocatorias se aprobarán por orden del titular de la consejería correspondiente salvo que las bases reguladoras de la concesión dispongan otra cosa.

Por otro lado, la disposición adicional segunda de la OrdenTAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecúan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones, prevé que las Comunidades Autónomas que hayan asumido el traspaso de la gestión realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación adecuarán lo establecido en la citada Orden a las peculiaridades derivadas de su propia organización. En este sentido, también se manifiesta la disposición adicional primera punto 2 de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción de empleo autónomo y la disposición final tercera de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo.

Por ello, y con el fin de unificar el órgano convocante de todas las subvenciones del...

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