DECRETO 59/1995, de 3 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha del Boletín: 04-04-1995 Nº Boletín: / 1995
DECRETO 59/1995, de 3 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Según lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, modificada por la Ley 4/1991, de 20 de marzo, la convocatoria de elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará, de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General.
El artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en la redacción dada por la Ley Orgánica 13/1994, de 30 de marzo, establece que «en los supuestos de elecciones a Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas cuyos Presidentes de Consejo de Gobierno no tengan expresamente atribuida por el ordenamiento jurídico la facultad de disolución anticipada, los Decretos de convocatoria se expiden el día quincuagésimo quinto antes del cuarto domingo de mayo del año que corresponda». Puesto que el precepto transcrito se corresponde con la situación de la Comunidad Autónoma, se hace necesario realizar la convocatoria de elecciones a Cortes de Castilla y León en la forma y con las precisiones que se establecen en los artículos 16 a 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, y en las normas básicas de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
En su virtud, de acuerdo con la facultad atribuida por el artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León,
DISPONGO:
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