ACUERDO de 5 de febrero de 2009, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Palencia, Modificación n.º 8 de las Normas Urbanísticas de Villalobón. Sistema adscrito al Sector 2, a instancia de la Diputación Provincial de Palencia. Subsanación de deficiencias.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 5 de febrero de 2009, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Palencia, Modificación n.º 8 de las Normas Urbanísticas de Villalobón. Sistema adscrito al Sector 2, a instancia de la Diputación Provincial de Palencia. Subsanación de deficiencias.

6. MODIFICACIÓN N.º 8 DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DE VILLALOBÓN. SISTEMA GENERALADSCRITO AL SECTOR 2,

A INSTANCIA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA.

SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS.

Visto el Proyecto de Modificación n.º 8 de de las Normas Urbanísticas de Villalobón a instancia de la Diputación Provincial de Palencia que afecta al Sistema General adscrito al Sector 2 destinado a Equipamiento.

Teniendo en cuenta los siguientes.....

ANTECEDENTES DE HECHO I. Con fecha 12 de diciembre de 2008 tiene entrada en la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, documentación remitida por el Ayuntamiento de Villalobón consistente en tres ejemplares diligenciados del proyecto de modificación n.º 8 de las NNUU de Villalobón, para su aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Urbanismo.

II. La modificación consiste en variar las condiciones de edificación en una parcela de 10.504, 36 m2 destinada a Sistema General de Equipamiento en el Sector 2 de las NNUU de Villalobón, para destinarlo a Centro Cultural, en cuanto a su edificabilidad, n.º máximo de plantas y altura de la edificación, a instancia de la Diputación Provincial de Palencia.

III. El expediente ha sido sometido a información pública mediante publicación en el 'B.O.P.' de 28-5-08, 'B.O.C. y L.' de 13-6-08, y en el Diario Palentino de 27-2-08; no se han presentado alegaciones según certifica el Secretario del Ayuntamiento con fecha 18-9-08.

IV. Se remitieron según el Art. 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y Orden FOM/404/2005, de 11 de marzo, los siguientes informes sectoriales:

· S. T. Fomento (Sección de Urbanismo de fecha 30-6-08) con prescripciones explicitando que deberá incluirse la ordenanza completa actual y propuesta que se modifica para valorar la incidencia en la ordenación del conjunto del sector.

· Diputación Provincial: Informe del Servicio de Asistencia y Cooperación Municipal de 30-6-08 en el que se señala que altura máxima de 25 metros para 4 plantas se considera excesiva, cuando no se determina ninguna para los elementos singulares y que dado el importante aumento del volumen edificable se debería justificar al menos la reserva para plazas de aparcamiento...

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