ACUERDO de 1 de julio de 1999, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, de aprobación definitiva del Plan Parcial Sector n.º 17 «Residencial Villamayor».-Boecillo.-Expte.: CTU. 93/99.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 1 de julio de 1999, de la Comisión Territorial de Urba nismo de Valladolid, de aprobación definitiva del Plan Parcial Sector n.º 17 'Residencial Villamayor'.-Boecillo.-Expte.: CTU. 93/99.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero. La documentación relativa a este expediente ha sido remitida adjunta a escrito del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Boecillo de 25 de mayo de 1999, registrado de entrada en las dependencias de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid el siguiente 31.

Segundo. La aprobación inicial del expediente fue acordada mediante Decreto del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Boecillo de 17 de marzo de 1999.

Tercero. La aprobación provisional, tras practicar la información pública en la que no hubo alegaciones, fue acordada en sesión del Pleno del Ayuntamiento de 17 de mayo de 1999.

Cuarto. Consta en el expediente el previo y preceptivo informe de la Ponencia Técnica exigido por el artículo 6.2 del Decreto 172/1994, de 28 de julio, de la Junta de Castilla y León, evacuado en sesión celebrada el día 25 de junio de 1999.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del presente Plan Parcial Sector n.º 17 'Residencial Villamayor' de Boecillo, corresponde a la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, y 132 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico y según la distribución de competencias en materia de urbanismo contenida en el Decreto 28/1983, de 30 de julio, de la Junta de Castilla y León.

Segundo. El Pleno del Tribunal Constitucional mediante Sentencia número 61/97 de 20 de marzo, publicada en el 'B.O.E.' número 99 de 25 de abril de 1997, declara inconstitucionales y nulos numerosos preceptos del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, entre ellos el contenido en el apartado primero de su Disposición derogatoria única, con lo que recobra su vigencia el Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Vistos los Textos Refundidos de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1976 y 1992, la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo yValoraciones, el Reglamento de Planeamiento Urbanístico, las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de...

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