ORDEN AYG/908/2006, de 24 de mayo, por la que se convocan ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino, en el marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/908/2006, de 24 de mayo, por la que se convocan ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino, en el marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006.

La sanidad animal es uno de los principios básicos sobre los que se asienta la modernización de las estructuras ganaderas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

La Ley 6/1994 de 19 de mayo de Sanidad Animal de Castilla y León, desarrollada por el Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de SanidadAnimal, establece que lasAgrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (en adelante ADS) podrán recibir ayudas económicas para subvencionar los costes del Programa Sanitario Común aprobado por las mismas.

Por otra parte, el Real Decreto 428/2003, de 11 de abril, por la que se establece la normativa básica de las subvenciones destinadas al fomento de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera ('B.O.E.' n.º 103 de 30 de abril), establece que para poder beneficiarse de las subvenciones, las Agrupaciones de Defensa Sanitaria deberán cumplir, además de los requisitos establecidos con carácter general para la percepción de ayudas públicas, los requisitos señalados en su Anexo.

Entre estos últimos requisitos se exige que el veterinario responsable de la ADS controle la identificación de todos los animales de los ganaderos integrados, supervise los libros de registro de las explotaciones, cumpla las obligaciones en materia de tratamientos animales con medicamentos veterinarios y colabore en los controles sanitarios del movimiento pecuario.

La presente convocatoria de ayudas tiene como objetivo final incrementar y apoyar la competitividad de los ganaderos como actividad central de las zonas rurales, facilitando el mantenimiento de la población de dichas zonas, así como conservar y mejorar el medio ambiente, estando por ello cofinanciada por la sección Orientación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), en el marco del Programa Operativo Integrado de la Comunidad Autónoma de Castilla y León del período 2000/2006, y autorizada por la Comisión Europea mediante el número de registro: 'Ayuda de Estado n.º NN 493/99'.

En consecuencia, una vez consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas:

DISPONGO:

Primero. Objeto.

Por la presente Orden, se convocan ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria, para la ejecución del Programa Sanitario Común, durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2006 y el 31 de diciembre de 2006. Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas en la Orden AYG/598/2006 de 11 de abril.

Segundo. Aplicación Presupuestaria.

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0304G.412C01.77073 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, por un importe de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL EUROS (4.200.000 ), cantidad que podrá variar mediante la oportuna modificación presupuestaria debidamente autorizada. Dicho importe está participado con un 70% por la sección Orientación del FEOGA.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán acceder a estas ayudas las Agrupaciones de Defensa Sanitaria reconocidas por la Dirección General de Producción Agropecuaria, que cumplan los compromisos establecidos en la presente Orden, y cumplan un programa sanitario común según la especie animal que se trate.

Cuarto. Solicitudes y documentación.

  1. Las solicitudes, según el modelo del Anexo I de la presente Orden, dirigidas al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia donde esté ubicado el domicilio de la Agrupación de Defensa Sanitaria, podrán presentarse en el Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de dicha provincia, así como en los demás lugares y forma previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 20 de junio de 2006, incluyéndose esta fecha en el cómputo del plazo.

  3. Con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del CIF de la Agrupación de Defensa Sanitaria.

    2. Certificación bancaria acreditativa de que la cuenta reseñada en la solicitud, para la domiciliación del pago, corresponde a la Agrupación de Defensa Sanitaria.

    3. Certificado expedido por el órgano gestor de la Agrupación de Defensa Sanitaria en el que conste el acuerdo de solicitar la ayuda y la identificación de la persona autorizada para solicitar la misma.

    4. Declaración de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR