DECRETO 21/1997, de 13 de febrero, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Valladolid para la ejecución de las obras de los viales del «Parque Alameda».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 19-02-1997 Nº Boletín: 34 / 1997

DECRETO 21/1997, de 13 de febrero, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Valladolid para la ejecución de las obras de los viales del «Parque Alameda».

El Ayuntamiento de Valladolid solicita de la Junta de Castilla y León la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa a que da lugar la ejecución de las obras de los viales del «Parque Alameda», incluido en el Plan Especial de Reforma Interior de la Cañada de Puente Duero.

La relación de bienes y propietarios afectados ha sido sometida al trámite de información pública, mediante su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el «B.O.P.» de 18 de marzo de 1996, así como notificación personal a los interesados, resolviéndose las alegaciones formuladas mediante los oportunos Decretos de la Alcaldía.

La urgencia de la ocupación se encuentra aconsejada por la existencia de perjuicios económicos derivados del retraso en la ejecución de los viales así como de las redes de servicios de saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica y gas, sin los cuales no se podría otorgar las licencias de Primera Ocupación de las viviendas destinadas a realojo y las viviendas de Protección Oficial promovidas por la Junta de Castilla y León, y por la necesidad de evitar demoras en la ejecución de la Ronda Interior Sur, elemento clave para descongestionar el tráfico de la zona sur. Además, el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Junta de Castilla y León en el Protocolo Institucional de colaboración entre ésta y el Ayuntamiento de Valladolid sobre cesiones y actuaciones relacionadas con la capitalidad, hacen que se considere oportuna la declaración de la urgente ocupación.

La competencia para la resolución de las peticiones de declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el R.D. 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia declarar la urgencia de la ocupación al objeto de que el Ayuntamiento continúe la...

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