DECRETO 24/1993, de 11 de febrero, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de El Tornadizo (Salamanca), para la ejecución de la obra: «Abastecimiento de agua al Municipios»

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 16-02-1993 Nº Boletín: 31 / 1993

DECRETO 24/1993, de 11 de febrero, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de El Tornadizo (Salamanca), para la ejecución de la obra: «Abastecimiento de agua al Municipios»

El Ayuntamiento de El Tomadizo ha incoado expediente de expropiación forzosa a fin de realizar la obra referenciada, formulando petición expresa ante la Junta de Castilla y León con el objeto de obtener la preceptiva declaración de urgencia en la ocupación.

El proyecto de la obra fue aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión de fecha 20 de agosto de 1991. El mismo ha sido objeto de información pública, tras la publicación en el «B.O.P.» nº 134 de 4 de noviembre de 1991, sin que durante el plazo establecido al efecto se hayan producido alegaciones, por lo que se entiende cumplido suficientemente el trámite de audiencia pública.

El mencionado proyecto se encuentra incluido dentro de los Planes Provinciales del ejercicio 1990. Las obras comprendidas en los mismos llevan aneja la declaración de utilidad pública, a tenor de lo dispuesto en el articulo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa y 94 del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por R.D. 781/1986, de 18 de abril.

La urgencia de la ocupación de los terrenos se encuentra justificada en el expediente por los serios trastornos que la actual escasez de agua está provocando a la población, siendo el abastecimiento de agua uno de los servicios mínimos que debe prestar todo Ayuntamiento.

La competencia para la declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuestó en el Reál Decreto 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia autorizar al Ayuntamiento de El Tornadizo (Salamanca) la utilización del procedimiento de urgencia para la ejecución de la obra referenciada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión celebrada el día 11 de febrero de 1993.

DISPONGO:

Artículo unico

Se declara de urgencia la ocupación de los terrenos cuya relación se recoge en el Anexo y que son precisos ocupar para la ejecución de la obra: «Abastecimiento de agua...

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