DECRETO 39/1995, de 2 de marzo, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa la Excma. Diputación Provincial de Salamanca para la ejecución de las obras de acondicionamiento, ensanche y afirmado de la carretera CV 40.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 39/1995, de 2 de marzo, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa la Excma. Diputación Provincial de Salamanca para la ejecución de las obras de acondicionamiento, ensanche y afirmado de la carretera CV 40.

La Excma. Diputación Provincial ha iniciado expediente de expropiación forzosa con el fin de ejecutar el proyecto referenciado, solicitando de la Junta de Castilla y León la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

El Proyecto de la obra fue aprobado en sesión plenaria celebrada el 30 de septiembre de 1993. La relación bienes y propietarios afectados ha sido sometida a información pública, tras la notificación individual a los propietarios y su publicación en el«B.O.P.» n.º 62, de 27 de mayo de 1994. Las reclamaciones efectuadas durante el plazo concedido al efecto son resueltas en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 1994.

La urgencia de la ocupación se encuentra aconsejada en el presente expediente por el mal estado del firme, las deficiencias en la plataforma y la calzada estrecha, circunstancias éstas que generan un peligro para la circulación de personas y bienes, a cuya salvaguarda contribuye la ejecución de las obras con la celeridad que el procedimiento expropiatorio urgente permite.

La competencia para la resolución de las peticiones de declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el R.D. 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia declarar la urgencia de la ocupación al objeto de que el Ayuntamiento continúe la tramitación del expediente por el procedimiento regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión celebrada el día 2 de marzo de 1995

DISPONGO:

Artículo 1 º Se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados que, relacionados en el Anexo, resultan necesarios para la ejecución de las obras de acondicionamiento, ensanche y...

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