DECRETO 12/2010, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Plan Regional de Actuación de Urbanización «Flores del Sil» en Ponferrada (León).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyDecreto

I

El Plan Regional de Actuación de Urbanización «Flores del Sil» en Ponferrada (León), surge de la iniciativa pública de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, y tiene por objeto la clasificación y ordenación urbanística de un ámbito de 14,6 Ha, prácticamente coincidente con los sectores SUD-5 y SUD-6, previamente clasificados como suelo urbanizable por el Plan General de Ordenación Urbana de Ponferrada, entre los barrios de Flores del Sil y la Placa.

Este Plan Regional forma parte del Programa Regional de Actuaciones de Urbanización que, conforme al mandato contenido en el punto 2 de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, introducido por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, ha elaborado la Consejería de Fomento, con el objetivo de crear suelo para la construcción de viviendas con protección pública, adecuadamente equipado con las dotaciones urbanísticas necesarias para la calidad de vida de la población.

El Programa Regional fue informado favorablemente por la Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural en su reunión de 23 de junio de 2008.

II

El 14 de abril de 2008 la Dirección General de Urbanismo y Política de Suelo de la Consejería de Fomento remitió a la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, el documento de Avance del «Plan Regional para una actuación pública de viviendas en Ponferrada (Barrio Flores del Sil)», tal como se denominaba inicialmente el documento, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

De conformidad con el artículo 19 de la Ley 9/2006, el órgano ambiental, en este caso la Consejería de Medio Ambiente, una vez identificadas las Administraciones Públicas afectadas y el público interesado, inició con fecha 18 de abril de 2008, las consultas para la elaboración del correspondiente Documento de Referencia, que fue aprobado mediante Orden MAM/1238/2008, de 25 de junio, como «Documento de Referencia para la

Con fecha 30 de octubre de 2008, el Jefe de Servicio Territorial de Medio Ambiente de León solicita a la Dirección General de Urbanismo y Política de Suelo la remisión de 10 copias del documento ambiental a los efectos de poder determinar si se debía someter el Plan Regional al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por estar comprendido en su Anexo II, teniendo en cuenta que el instrumento incluye la ordenación detallada.

A través de la Orden MAM/1026/2009, de 21 de abril, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de 15 de mayo de 2009, se declara concluso el procedimiento de Evaluación Ambiental del Plan Regional, indicando que no introduce variaciones sustanciales sobre el modelo territorial del municipio sino que se plantea como objetivo resolver problemas concretos de una parte de la estructura urbana de la ciudad. Por lo que concluye que, atendiendo a su naturaleza y características, el Plan Regional deberá someterse, en su caso, al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Mediante Resolución del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en León de fecha 26 de mayo de 2009, se hace pública la decisión motivada de no sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental del Plan Regional de Actuación de Urbanización «Flores del Sil» en Ponferrada (León). Dicha Resolución se publica en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de 22 de junio de 2009.

III

En esta fase previa al inicio del procedimiento, consta acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de León, en su sesión de 23 de diciembre de 2008, por el que se informa favorablemente el Plan Regional de Actuación de Urbanización «Flores del Sil» en Ponferrada, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, por cuanto del estudio arqueológico realizado en sus terrenos se deduce que no existe evidencia arqueológica alguna.

IV

Por Orden FOM/994/2009, de 4 de mayo, se dio inicio al procedimiento de aprobación del Plan Regional de Actuación de Urbanización «Flores del Sil» en Ponferrada (León), disponiendo la apertura de un periodo de información pública y audiencia a las Administraciones públicas, por el plazo de un mes, a los efectos previstos en el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre.

El anuncio de información pública se insertó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el periódico «Diario de León», edición Bierzo, ambos de 7 mayo de 2009.

V

Mediante oficio de 8 de mayo de 2009 se remite la documentación del Plan Regional, en cumplimiento del trámite de información pública y audiencia previsto en el artículo 24.1 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de

De la...

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