DECRETO 33/2007, de 3 de abril, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en la Unidad de Actuación 302.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

DECRETO 33/2007, de 3 de abril, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en la Unidad de Actuación 302.

Visto el expediente sobre la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en la Unidad de Actuación 302, promovido por D. Laureano García Mínguez, en representación de Saona Consultora, S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. El Término Municipal de Valladolid se encuentra ordenado por un Plan General de Ordenación Urbana, aprobado por Orden de 14 de julio de 1988 de la Consejería de Fomento ('B.O.C. y L.' 18 julio 1988), adaptado a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, por Orden FOM/1084/2003, de 18 de agosto ('B.O.C. y L.' 27 agosto 2003), estando pendiente su adaptación al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Este Plan General de Ordenación Urbana, en el marco definido por la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (modificada por las Leyes 10/2002, de 10 julio, 21/2002, de 27 diciembre y 13/2003, de 23 diciembre) y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de febrero, constituye el régimen urbanístico de aplicación en dicho municipio.

Segundo. La Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en la Unidad de Actuación 302 ha sido promovida por D. Laureano García Mínguez, en representación de la sociedad Saona Consultora S.L, quien con fechas 6 y 15 de septiembre de 2005 presenta en el Ayuntamiento de Valladolid la documentación técnica de la Modificación (aunque en origen se plantea como un Estudio de Detalle), que tiene por objeto cambiar la ordenación detallada de la Unidad, agrupando las dos áreas de movimiento destinadas a la edificación calificadas como Edificación Perimetral,

Residencial 1 (E.P. R1), situadas entre las calles Poleo, Alhelí y Begoña, y agrupando las dos zonas de espacios libres públicos. Además se completa la ordenación detallada asignando la edificabilidad materializable a las áreas de movimiento aptas para la edificación. La Modificación se justifica en que:

La fragmentación de las áreas de movimiento dificulta la resolución de las zonas de aparcamiento, en el sótano, bajo los bloques de viviendas, y también dificulta la resolución de las instalaciones de saneamiento, que deben verter al ramal que atraviesa la calle Alhelí, la ordenación propuesta al agrupar las áreas de movimiento existentes en una única zona, facilita la resolución del tipo edificatorio, así como de sus instalaciones de saneamiento.

La agrupación de las dos pequeñas zonas verdes en un único espacio libre, dignifica su condición y facilita tanto su ejecución como su mantenimiento.

Es necesario cumplir varias determinaciones legales, relativas al respeto de la anchura de los viales, las superficies destinadas a espacios libres, las alturas máximas, la densidad de población o el uso predominante.

Tercero. Respecto del documento de Modificación dispuesto para su aprobación inicial, previamente a la misma el Ayuntamiento ha solicitado los informes de la Diputación Provincial de Valladolid y del Servicio Territorial de Fomento de Valladolid, no entendiendo exigible ningún otro informe por aplicación de la normativa sectorial.

El Servicio Territorial de Fomento de Valladolid, con fecha 10 de mayo 2005 emite informe sobre la Modificación, indicando que debe tramitarse conforme al Art. 172 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, al tener como objeto una diferente zonificación y uso de los espacios libres públicos previstos en el planeamiento, y que deben sustituirse todas las referencias al Estudio de Detalle recogidas en el documento, ya que se trata de una Modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

La Diputación Provincial de Valladolid no ha emitido informe expreso en el plazo establecido en el Art. 52.4 de la Ley 5/1999, por lo que ha de entenderse favorable.

Cuarto. Con fecha 1 de marzo de 2005, el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, acordó por unanimidad de los miembros presentes, y en consecuencia con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobar inicialmente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en la U.A. 302, conforme a la documentación presentada por Saona Consultora, S.L., si bien formulando una serie de prescripciones que debían ser cumplidas antes de la aprobación provisional.

La Modificación ha sido sometida al preceptivo trámite de información pública por el plazo de un mes, con inserción de anuncios en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 7 de abril de 2005, en el 'Boletín Oficial de la...

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