ORDEN EDU/1418/2011, de 16 de noviembre, por la que se convoca concurso de traslados, de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y al Cuerpo de Inspectores de Educación, para la provisión de puestos de trabajo en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidad de Leon
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el apartado 4 de su disposición adicional sexta , determina que durante los cursos escolares en los que no se celebren concursos de traslados de ámbito estatal las diferentes Administraciones educativas podrán organizar procedimientos de provisión referidos al ámbito territorial cuya gestión les corresponda y destinados a la cobertura de sus plazas, todo ello sin perjuicio de que en cualquier momento puedan realizar procesos de redistribución o de recolocación del profesorado dependiente de las mismas.

En desarrollo de dicho precepto se ha dictado el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, estableciendo en su artículo 2 lo previsto en el apartado 4 de la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

En aplicación de lo anterior se ha considerado oportuno convocar concurso de traslados de ámbito autonómico, para el curso escolar 2012/2013, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y al Cuerpo de Inspectores de Educación, dependientes de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos de proceder a la provisión de puestos de trabajo vacantes y en su caso, de resultas, pertenecientes a las plantillas orgánicas de las Direcciones Provinciales de Educación de esta Comunidad Autónoma, siempre que su funcionamiento esté previsto en la planificación educativa.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico, con arreglo a las siguientes:

BASES

Primera.- Objeto.

1.1. El objeto de la presente Orden es efectuar la convocatoria del concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de

Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y al Cuerpo de Inspectores de Educación, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

1.2. En esta convocatoria se incluye el ejercicio del derecho para la obtención de destino, con carácter preferente en localidad determinada, señalado en la base sexta. Asimismo, las funcionarias de los Cuerpos señalados en el apartado anterior, víctimas de violencia de género, podrán obtener destino de conformidad con lo establecido en la base decimonovena.

Segunda.- Vacantes.

2.1. En esta convocatoria se ofertarán las plazas vacantes que se determinen, entre las que se incluirán, al menos, las que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2011, así como aquéllas que resulten de la resolución del presente concurso, y siempre que, en cualquiera de los casos, la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa.

2.2. No se incluirán en el presente concurso las posibles resultas que pudieran originarse en la Comunidad de Castilla y León, en virtud de los concursos que, en su caso convoquen durante este curso, las diferentes Administraciones educativas.

2.3. La determinación provisional y definitiva de estas vacantes se realizará, con anterioridad a la Resolución provisional y definitiva de este concurso de traslados, mediante Resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos, publicándose la parte dispositiva en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y, en la misma fecha, los Anexos con los correspondientes listados en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Tercera.- Prelación y criterios de adjudicación de las vacantes.

3.1. En la resolución de esta convocatoria, existirá una prelación en la adjudicación de vacantes y en su caso, de resultas a favor de quienes participen, realizándose en primer lugar la adjudicación relativa al derecho preferente a localidad y posteriormente, la adjudicación resultante del proceso de concurso.

En consecuencia, no podrá adjudicarse plaza a quien participe en uno de los grupos citados si existe solicitante en el anterior con mejor derecho, sin perjuicio de lo señalado en la base sexta en lo que respecta a la adjudicación de plaza concreta a los que hagan efectivo su derecho preferente a una localidad.

3.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base sexta, el orden de prioridad para la adjudicación de las plazas vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo que figura como Anexo III de la presente Orden.

3.3. Los participantes del concurso, ejerzan o no el derecho preferente antes citado, deberán utilizar una única solicitud. Las peticiones se atenderán con la prelación indicada anteriormente y una vez obtenido destino, no se tendrán en cuenta las restantes peticiones.

Cuarta.- Participación voluntaria.

4.1. Podrán participar voluntariamente en el presente concurso de traslados los funcionarios de carrera señalados en la base 1.1 dependientes de la Comunidad de Castilla y León que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  1. En situación de servicio activo o servicios especiales con destino definitivo, siempre que a la finalización del presente curso escolar hayan transcurrido, al menos dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñen con carácter definitivo.

  2. En situación de excedencia voluntaria. Si se tratara de los supuestos de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo 91 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, sólo podrán participar si al finalizar el presente curso escolar han transcurrido, al menos, dos años desde que pasaron a la citada situación.

  3. En situación de suspensión de funciones, siempre que a la finalización del presente curso escolar haya concluido el tiempo de duración de la sanción disciplinaria de suspensión.

    4.2. A los efectos previstos en el apartado anterior, se entenderá como fecha de finalización del presente curso escolar el 31 de agosto de 2012.

    4.3. Quienes deseen ejercitar voluntariamente el derecho preferente a localidad para la obtención de destino deberán cumplir lo dispuesto en la base sexta de esta convocatoria.

    Quinta.- Participación obligatoria.

    Están obligados a participar en el presente concurso los funcionarios señalados en la base 1.1, dependientes de la Comunidad de Castilla y León, que careciendo de destino definitivo se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  4. Aquellos que, procedentes de la situación de excedencia o suspensión de funciones con pérdida de su destino definitivo o que hayan sido rehabilitados como funcionarios, tengan un destino con carácter provisional en la Comunidad de Castilla y León antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    En el supuesto de que no participen en el presente concurso, o si participando no solicitaran suficiente número de plazas de la Comunidad de Castilla y León, se les adjudicará de oficio destino definitivo en la provincia en la que tengan su destino provisional.

    De no adjudicárseles destino definitivo permanecerán en situación de destino provisional en la provincia en la que hayan prestado servicios durante el curso 2011/2012.

  5. Aquellos que no habiendo obtenido un reingreso provisional se encuentren en la situación de excedencia forzosa o en la de suspensión de funciones con pérdida de su destino una vez cumplida la sanción, siempre que hayan sido declarados en estas situaciones desde un centro de la Comunidad de Castilla y León.

    Estos funcionarios, en el supuesto de que no participaran en el presente concurso o participando no solicitaran suficiente número de plazas de la Comunidad de Castilla y León y no obtuvieran destino, quedarán en la situación de excedencia voluntaria contemplada en el apartado segundo del artículo 89 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

  6. Aquellos que hayan perdido su destino definitivo en cumplimiento de sentencia, resolución de recurso o por habérseles suprimido expresamente la plaza que desempeñaban con carácter definitivo.

    En el supuesto de que debiendo participar no concursen serán destinados, de oficio, dentro de la provincia en la que presten servicios con carácter provisional.

    Los que cumpliendo con la obligación de concursar no obtuvieran ningún destino de los solicitados, serán adscritos provisionalmente a la provincia en la que prestaban servicios en el momento de producirse la causa que originó la pérdida de su destino definitivo.

  7. Aquellos que con pérdida de la plaza que desempeñaban con carácter definitivo, pasaron a prestar servicios en otros puestos de la Administración Pública manteniendo la situación de servicio activo en su Cuerpo, siempre que hayan cesado y obtenido un destino provisional en plazas dependientes de la Comunidad Castilla y León.

    A los inspectores incluidos en este apartado que no concursen se les adjudicará, de oficio, destino definitivo en plazas ubicadas en la provincia en la que se encuentran prestando servicios.

    En el caso de no obtener destino definitivo quedarán en situación de destino provisional en la provincia en la que hayan prestado servicios durante el curso 2011/2012.

  8. Los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición...

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