Decreto 67/2003, de 12 de junio, por el que se amplía el plazo previsto en el Decreto 40/2002, de 14 de marzo, de medidas transitorias relativas a las autorizaciones administrativas en materia de máquinas de juego.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

D E C R E TO 67/2003, de 12 de junio, por el que se amplía el plazo previsto en el Decreto 40/2002, de 14 de marzo , de medidas tra n s i t o rias re l at ivas a las autorizaciones administrat ivas en mat e ria de máquinas de juego .

El Decreto 40/2002, de 14 de marzo, aprobó, a partir de su entrada en vigor y hasta el 31 de diciembre de 2002, ciertas medidas transitorias relat ivas a las autorizaciones administrat ivas en el sector de máquinas de juego de tipo 'B'.

Por Decreto 127/2002, de 12 de diciembre, se amplió el plazo previsto en el artículo único del Decreto 40/2002, de 14 de marzo , hasta la entrada en vigor del Decreto por el que se ap ru ebe el Reglamento de máquinas re c re at ivas y de azar de la Comunidad de Castilla y León, sin que el mismo p u d i e ra exceder del plazo de seis meses desde la entrada en vigor del citado D e c reto 127/2002.

Pa ra propiciar el control administrat ivo y desincentivar la ex c e s iva ofe rt a de máquinas de juego , es por lo que se hace necesario limitar las autori z a c i ones de explotación de máquinas re c re at ivas con premio de tipo 'B'.

En c o n s e c u e n c i a , p a ra el logro de una gestión más efi c a z , en tanto no se ap ru ebe un nu evo Reglamento de máquinas re c re at ivas y de azar de la Comunidad de Castilla y León y dado que los propios empre s a rios del sector demandan un mantenimiento del actual equilibri o , resulta impre s c i n d i bl e ampliar el plazo de paralización en la tramitación de solicitudes de autori z aciones de explotación de máquinas de juego de tipo 'B' para nu eva instalac i ó n , p revisto en el artículo único del Decreto 40/2002, de 14 de marzo .

En su virtud, la Junta de Castilla y León a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 12 de junio de 2003.

DISPONE:

Artículo único

Se amplía el plazo previsto en el artículo único del Decreto 40/ 2 0 0 2 , de 14 de marzo , de medidas tra n s i t o rias re l at ivas a las autorizaciones administrat ivas en mat e ria de máquinas de juego , desde el térm i n o del plazo de la prórroga efectuada por el Decreto 127/2002, de 12 de diciemb re, hasta la entrada en vigor del Decreto por el que se ap ru ebe el Reg l a m e nto de máquinas re c re at ivas y de azar de la Comunidad de Castilla y León y sin que el mismo pueda exceder del plazo de seis...

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