Orden ICT/483/2003, de 15 de abril, por la que se convoca un Concurso Escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales para alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Dicho estudio se habrá de contemplar con una análisis de los puntos de accidentes por atropello a la fauna,con la adopción de las medidas adecuadas para mitigar este problema.

Asimismo deberá analizarse las interrelaciones con las vías pecuarias y las posibles soluciones para establecer las comunicaciones interrumpidas, al menos en aquéllas de mayor interés.

  1. Espacios nat u rales pro t egi d o s . A los efectos del sometimiento de proyectos a Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo con la Ley 2/1990 de C a rre t e ras de Castilla y León y el Decreto Legi s l at ivo 1/2000, por el que se ap ru eba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León, se entenderán como espacios n at u rales pro t egidos todos aquellos considerados como Áreas de Sensibilidad E c o l ó gica por el artículo 10 de dicho Texto Refundido, y los propuestos por la Junta de Castilla y León como Luga res de Interés Comu n itario (L.I.C.).

    Todos los proyectos incluidos dentro del PRC a desarrollar en espacios naturales protegidos deberán someterse a las determinaciones establecidas en los planes de ordenación y/o gestión de los mismos (PORN,

    P RU G, Planes de Recuperación de Especies, e t c. ) , i n c o rporándose de fo rma detallada las afecciones a que dieran lugar dichas documentos (prohibición o limitación de usos, calendarios de obras, medidas preventivas,correctoras y compensatorias específicas,etc.),en las distintas fases de planeamiento y proyecto de dichas infraestructuras.

    En aquellas actuaciones realizadas en espacios naturales protegidos d eberán contemplarse dentro de los proye c t o s , no sólo las pert i n e n t e s medidas protectoras y correctoras, sino también medidas compensatorias que permitan equilibrar de alguna manera los posibles efectos inevitables y residuales de la actuación.

  2. R e s i d u o s . Se habrá de fomentar el uso de mat e riales residuales adecuados en los componentes de los mat e riales y equipamientos utilizados en la construcción de carre t e ras (polvo de neumáticos, a renas de desmoldeo, p ava l , RCDs tri t u ra d o s ,e t c. ) , en su señalización (uso de señales elab o ra d a s con plásticos re c i clados) y en su mantenimiento, mediante la adecuada fo rmación de proyectistas y dire c t o res de otra y mediante la va l o ración positiva en los concursos de obras del uso de estos mat e riales re s i d u a l e s .

    Se deberá incluir en los pliegos de licitación de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR