ORDEN AYG/82/2011, de 8 de febrero, por la que se delega en el Delegado Territorial de León la competencia para enajenar los animales decomisados mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010 del Delegado Territorial de León recaída en expediente sancionador n.º BA/24/07/10.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Con fecha 22 de diciembre de 2010 el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en León dictó resolución por la que se puso fin al expediente sancionador n.º BA/24/07/10. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.b) de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, se impuso como sanción accesoria el decomiso de los 165 caballos que componen la explotación sancionada. Según este precepto corresponde al órgano sancionador determinar el destino definitivo de los animales decomisados, con sujeción a los principios de bienestar y protección animal.

Contra esta Resolución no se ha interpuesto recurso de alzada dentro del plazo legalmente exigido habiendo devenido firme a todos los efectos y siendo plenamente ejecutiva, según lo dispuesto en los artículos 115.1 y 138.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, dispone en su artículo 127, apartado 1, que «la competencia para enajenar los bienes muebles del patrimonio de la Comunidad corresponde al titular de la Consejería que los tuviera afectados o que viniera utilizándolos, o al órgano rector competente de la propiedad institucional propietaria de ellos.»

En relación con lo anterior, la citada Ley 11/2006, de 26 de octubre, establece en su disposición adicional quinta , que «a los bienes semovientes se les aplicarán los mismos procedimientos establecidos para los bienes muebles, en lo que sea compatible con su naturaleza.»

El artículo 48 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo...

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