ORDEN AYG/2116/2009, de 2 de octubre, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática de cesiones de derechos de ayuda en el régimen de pago único, y se aprueba la aplicación electrónica «Solicitud de cesiones de pago único

Fecha de Entrada en Vigor12 de Noviembre de 2009
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/2116/2009, de 2 de octubre, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática de cesiones de derechos de ayuda en el régimen de pago único, y se aprueba la aplicación electrónica 'Solicitud de cesiones de pago único'.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos obliga a la Administración a transformarse en una administración electrónica al amparo del principio de eficacia que proclama el artículo 103 de nuestra Constitución, permitiendo y facilitando las comunicaciones electrónicas.

Ya antes de la aprobación de la citada Ley, La Administración de la Comunidad de Castilla y León, al igual que el resto de las Administraciones Públicas, se hallaba inmersa en un proceso de cambio, producido por la irrupción de la sociedad de la información y el conocimiento, que afecta tanto a su funcionamiento interno, como a sus relaciones con los ciudadanos y con otras Administraciones Públicas.

Para adaptarse a este proceso de cambio, la Junta de Castilla y León mediante Decreto 40/2005, de 19 de mayo, reguló la utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, recogiendo los elementos precisos para la implantación de la administración electrónica e impulsando, de esta manera, su utilización en el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Si a esto unimos la obligatoriedad que la Disposición Final Tercera de la citada Ley 11/2007 impone a las Comunidades Autónomas de tener, en el horizonte de 31 de diciembre de 2009, habilitados los medios necesarios que permitan a los ciudadanos la presentación de sus solicitudes por medios electrónicos, se hace imprescindible habilitar una aplicación que gestione todas las comunicaciones obligatorias que los particulares hagan de las cesiones de derechos de ayuda en el régimen de pago único.

Las distintas modalidades de cesión a las que se hace referencia se encuentran reguladas en la Orden AYG/1808/2007, de 7 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la notificación de la cesión de derechos de ayuda en el régimen de pago único ('B.O.C. y L.' n.º 220, de 13 de noviembre).

La presente Orden no hace sino aprobar la aplicación informática que va a dar sustento, a la presentación y tramitación telemática de las comunicaciones de cesiones y consecuentemente regular el procedimiento de presentación de dichas comunicaciones, que se presentan como verdaderas solicitudes en la medida que se encuentran sometidas a la aceptación expresa o tácita por parte del Director General de Política Agraria Comunitaria.

La presente Orden, cumple además con las prescripciones del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de Administración Electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su tramitación se han recabado los preceptivos y vinculantes informes de la Dirección General de Innovación y Modernización Administrativa y de la Dirección General deAtención al Ciudadano y Calidad de los Servicios a los que se refiere el Art. 7.3 del citado Decreto 40/2005, y que son los Centros Directivos competentes para emitir dichos informes tras la reestructuración de Consejerías operada por Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, y la delimitación de funciones de los distintos Centros Directivos de la Consejería de Administración Autonómica llevada a cabo por Decreto 69/2007, de 12 de julio.

Por todo ello, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de Administración Electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 26.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, DISPONGO:

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento para la presentación telemática de las comunicaciones de cesiones de derechos de ayuda en el régimen de pago único y aprobar la aplicación electrónica 'solicitud de cesiones de pago único' que es la encargada de efectuar el tratamiento de la información.

Artículo 2 Procedimiento objeto de técnicas de administración electrónica.
  1. El trámite objeto de las técnicas de administración electrónica que permite la aplicación informática 'solicitud de cesiones de pago único' será la presentación de la comunicación en el procedimiento identificado a continuación:

    Cesión de derechos de ayuda en el régimen de pago único (procedimiento número 1461 del Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos, IAPA).

    Podrá asimismo consultarse el estado de tramitación del procedimiento de conformidad con el Art. 37.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.

  2. La utilización de las técnicas de administración electrónica para presentar la comunicación indicada en el apartado anterior, tendrá carácter voluntario, siendo alternativa a la presentación en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  3. La aplicación 'solicitud de cesiones de pago único' permitirá la presentación de comunicaciones mientras esté abierto el plazo previsto en el Art. 5.2 de la Orden AYG/1808/2007, de 7...

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