Orden EYC/396/2003, de 6 de marzo, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones sin ámbito de lucro de la Comunidad de Castilla y León, para la realización de actividades culturales en las áreas de música, teatro, danza, artes plásticas, cinematografía y literatura.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN EYC/396/2003, de 6 de marzo, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a Fundaciones y Asocia ciones sin ánimo de lucro de la Comunidad de Castilla y León, para la realización de actividades culturales en las áreas de música, tea tro, danza, artes plásticas, cinematografía y literatura.
Es competencia de laConsejería de Educación y Cultura el fomento y la promoción de las distintas modalidades y manifestaciones culturales.
Atentos a estos intereses,de conformidad con lo establecido en el Art. 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre de la Hacienda de la C o munidad de Castilla y León, y en virtud de las at ri buciones confe ridas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la A d m i n i s t ración de la C o munidad de Castilla y León, la Consejería de Educación y Cultura acuerda convocar conc u rso público para la concesión de subvenciones con arreglo a las siguientes
BASES:
Primera. Objeto de la subvención.
1.1. La presente Orden tiene por objeto la concesión de subvenciones a Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad de Castilla y León para la realización de actividades culturales;así como Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro de ámbito nacional o internacional cuyas actividades culturales se realicen dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León.
1.2. Las actividades que podrán ser subvencionadas al amparo de la presente Orden se referirán a las áreas de música,teatro, danza,artes plásticas, cinematografía y literatura; para actividades específicas realizadas antes del plazo de finalización de justificación de la subvención.
1.3. Cada Asociación podrá presentar como máximo un proyecto de actividad específica en tiempo y materia.
1.4. No serán objeto de subvención los gastos de inve rsión y equipamiento.
Segunda. Dotación presupuestaria.
La cuantía global máxima de las subvenciones será de CIENTO O C H E N TA Y SEIS MIL T R E S C I E N TOS CATORCE EUROS (186.314 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 07.03.455A01.78048.0 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2003.
Tercera. Beneficiarios.
Podrán ser benefi c i a rios de estas subvenciones las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro , que reúnan los siguientes re q u i s i t o s :
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Encontrarse constituida como Fundación o Asociación conforme a la legislación vigente.
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Estar inscritas en los registros correspondientes de la Comunidad deCastilla y León...
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