ORDEN MAM/555/2011, de 5 de abril, relativa a la aprobación del deslinde del monte «Tallar de las Hoyas y Solana», n.º 241 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad de la Entidad Local Menor de Valdealvillo, y situado en el término municipal de Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo, en la provincia de Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-D-52/11, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «Tallar de las Hoyas y Solana», n.º 241 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad de la Entidad Local Menor de Valdealvillo, y situado en el término municipal de Rioseco de Soria, en la provincia de Soria, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 20 de mayo de 2009, la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, autoriza el inicio del Deslinde del monte «Tallar de las Hoyas y Solana», n.º 241 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad de la Entidad Local Menor de Valdealvillo y situado en el término municipal de Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo.

  2. El comienzo de las operaciones de apeo fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 21, de 2 de febrero de 2010, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo y dando 45 días para presentar documentación a los interesados. El anuncio fue remitido al Ayuntamiento de Rioseco de Soria, al Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma y al Ayuntamiento de Torreblacos, a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes.

  3. Con fecha 10 de mayo de 2010, se recibe informe de la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria relativa a la eficacia jurídica de los títulos presentados en el plazo previsto para ello en el anuncio del «Boletín Oficial de Castilla y León».

  4. Con fecha 15 de mayo de 2010 el Ingeniero Operador emite el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada y conforme a lo estipulado en el artículo 102 del Reglamento de Montes, certifica que según la información presentada no existe ninguna finca, que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los grupos C y D del referente artículo, estimando así que no existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte.

  5. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar el día 14 de junio de 2010, levantándose Acta de las operaciones que firmaron todos los asistentes como prueba de conformidad con lo actuado.

  6. Una vez finalizada la operación de Deslinde, el Ingeniero Operador, con fecha 15 de junio de 2010, emite un Informe que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, del que se extendió el correspondiente Acta.

  7. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 118, de 22 de junio de 2010, se da vista del expediente, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. El anuncio fue remitido al Ayuntamiento de Rioseco de Soria, al Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma y al Ayuntamiento de Torreblacos, a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes.

  8. Con fecha 16 de agosto de 2010, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, certifica que durante el plazo conferido no se ha recibido alegación alguna a dicho expediente.

  9. Con fecha 19 de agosto de 2010, se remite copia completa del expediente de deslinde del monte a la Entidad Local Menor de Valdealvillo como Entidad propietaria del monte, para que en el plazo de 15 días muestre su conformidad o reparos.

  10. Con fecha 20 de agosto de 2010, la Entidad propietaria del monte muestra su conformidad al Expediente de deslinde.

  11. Con fecha 6 de septiembre de 2010, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, emite un Informe-propuesta, proponiendo la aprobación del deslinde con los siguientes datos:

    - NÚMERO: 241.

    - NOMBRE: Tallar de las Hoyas y Solana.

    - PERTENENCIA: Entidad Local Menor de Valdealvillo.

    - TÉRMINO MUNICIPAL: Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo.

    - PARTIDO JUDICIAL: Soria.

    - SUPERFICIE TOTAL: 119,927 Ha.

    - ENCLAVADOS: No existen.

    - SUPERFICIE PÚBLICA: 119,927 Ha.

    - RÉGIMEN DE LA PROPIEDAD: Bien de propios de la Entidad Local Menor de Valdealvillo.

    - LÍMITES:

    - Norte: Cañada Real Soriana Occidental, perteneciente a la Junta de Castilla y León.

    - Este: Monte propiedad de particulares, situado en el término municipal de Torreblacos.

    - Sur: Fincas de propiedad particular en el término municipal de Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo.

    - Oeste: Monte denominado «El Monte» n.º 97 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ilmo. Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma y situado en dicho término municipal.

    - PERIMETRO EXTERIOR: La descripción detallada de nombres, propietarios, tipos de vegetación y situación de los piquetes se describen en las actas y en el plano de deslinde. En el Anexo I se detallan las coordenadas UTM de los piquetes de deslinde.

    - DESCRIPCIÓN LINDEROS:

    El lindero Este empieza en el piquete n.º 1, punto localizado más al noreste del monte, en el paraje « Valdelacasa », junto a un Mojón de granito de Primer Orden de la Vía Pecuaria denominada « Cañada Real Soriana Occidental ». El lindero este del monte es la línea divisoria de Términos entre Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo y el término municipal de Torreblacos.

    Al inicio, el Monte linda con una finca no concentrada cuya Referencia catastral, propietario y tipos de vegetación se describen en las actas y figuran en el plano. El monte lleva por límite una antigua alambrada que rodea la superficie consorciada y repoblada con Pinus nigra . Seguidamente el monte lleva por límite otra parcela no concentrada cuya Referencia catastral, propietario y tipos de vegetación se describen en las actas y figuran en el plano, y cuyo límite sigue estando marcado por la antigua alambrada hasta el piquete n.º 52, en el paraje de « Vallejo Longo », donde la alambrada gira 90º rumbo suroeste. A partir de este piquete el lindero del monte continúa por la divisoria de Términos entre Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo y el término municipal de Torreblacos, donde existen varios antiguos mojones de término de tierra y tablillas de coto de caza. El límite este finaliza a la altura del piquete n.º 86, situado sobre un antiguo mojón de término en el paraje del « Alto del Barranco de la Franchina », a partir del cual el límite del monte gira en dirección Sureste hasta el «Camino de Cantalucia a Valdealvillo» .

    El lindero Sur , comienza en el piquete n.º 86 sobre un antiguo mojón de término en el paraje del « Alto del Barranco de la Franchina » divisorio de términos entre Rioseco de Soria en su anejo Valdealvillo y el Término municipal de Torreblacos. A partir de este piquete el monte gira rumbo sureste hasta el « Camino de Cantalucia a Valdealvillo » cruzando el Barranco existente en el paraje « Vallejo Praderas » hasta llegar al piquete n.º 97. A lo largo de 800 m. aproximadamente el monte lleva por límite el « Camino de Cantalucia a Valdealvillo » hasta llegar al piquete n.º 115. Seguidamente, el monte lleva por límite una finca de propiedad particular cuya Referencia catastral, propietario y tipos de vegetación se describen en las

    actas y figuran en el plano, hasta el piquete n.º 118. Desde este punto y hasta el piquete n.º 129, el monte lleva por límite una antigua acequía de riego. El límite sur del monte termina a la altura del piquete n.º 130.

    El lindero Oeste comienza en el piquete n.º 130 hasta el piquete n.º 206. Este piquete se sitúa junto al mojón n.º 28 de primer Orden del M.U.P. n.º 97 «El Monte», perteneciente al Ilmo. Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma, situado en dicho término municipal en su anejo Torralba del Burgo y compuesto por Pinus pinaster, Juniperus thurifera y Quercus ilex . La linde del monte lleva dirección Noroeste siguiendo la linde del M.U.P. N.º 97 «El Monte», atravesando los parajes de « Fuentealvilla », « Pradera de Matasancha », « Juan Rubiala », « Pradera de Manadizo » y « Humbriazo » coincidiendo dicha linde con los mojones del M.U.P. n.º 97 con los siguientes números: 28, 27, 26, 26, 25, 24, 23, 22, 21, 20, 19, 18, 17, 16, 15, 14, 13, 12, 11, 10, 9, 8, 7, 6, 5, 4, 3 y 2. Posteriormente, la linde gira rumbo noreste dejando a la izquierda la Vía Pecuaria denominada « Cañada Real Soriana Occidental ».

    El lindero Norte comienza en el piquete n.º 206 situado junto a un Mojón de granito de Primer Orden de la Vía Pecuaria denominada « Cañada Real Soriana Occidental », en el paraje «Mujer Quemada» a 37,5 m. del Mojón n.º 1 de Primer Orden del Monte n.º 97 «El Monte», perteneciente al Ilmo. Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma y situado en dicho término municipal. El monte deja a la izquierda la Vía Pecuaria denominada «Cañada Real Soriana Occidental» en dirección noreste, hasta llegar al piquete n.º 1.

  12. El 30 de septiembre de 2010, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria eleva el expediente para su aprobación, si procede.

  13. La Dirección General del Medio Natural, de conformidad con la Sección de Propiedad Pública del Servicio de Defensa del Medio Natural, formula, con fecha 22 de marzo de 2011 la correspondiente propuesta de Orden.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  14. La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, así como el Decreto 90/1989, de 31 de mayo, por el que se distribuyen determinadas competencias en las Consejerías de la Junta de Castilla y León, y los Decretos 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León y Decreto 75/2007, de 12 de julio, de la Junta de Castilla y León, sobre Reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, respectivamente.

  15. Examinado el Expediente instruido al...

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