ORDEN SAN/1729/2005, de 14 de noviembre, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/1729/2005, de 14 de noviembre, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.

Por su parte, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León dispone, en su artículo 2.1 que la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por Orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afectan.

Por todo ello, previo informe sobre las medidas de seguridad de los ficheros de la Dirección General de Telecomunicaciones de la Consejería de Fomento, y a fin de dar cumplimiento a los objetivos legales y reglamentarios y asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos,

DISPONGO:

Artículo 1 ­ Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León que se describen, respectivamente, en los Anexos I,

II y III de la presente disposición.

Los ficheros que se describen en el Anexo III se suprimen ya que no existen físicamente. No se adoptarán medidas de seguridad ni acciones determinadas para la destrucción de la información, dado que la misma no existe.

El fichero de carácter personal Gestión de la Prestación Farmacéutica, modificado en la Orden SAN/918/2005, de 28 de junio, recogerá de manera centralizada toda la información referente a la gestión de la prestación farmacéutica en Castilla y León.

Artículo 2 ­ Responsables.

Los responsables de los ficheros adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.

Artículo 3 ­ Afectados.

Los afectados por los ficheros pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano administrativo indicado en los Anexos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 14 de noviembre de 2005.

El Consejero de Sanidad,

Fdo.: CÉSAR ANTÓN BELTRÁN

ANEXO I

FICHEROS CREADOS

  1. ­ NOMBRE DEL FICHERO: Gestión de atención de llamadas de emergencias sanitarias.

    Fines y usos: Recopilación y tratamiento de los datos obtenidos a través de las llamadas de emergencias sanitarias recibidas. Gestión de la asistencia sanitaria de emergencia. Elaboración de informes clínico-asistenciales con destino a otras entidades sanitarias u organismos aseguradores.

    Personas o colectivos afectados: Todas aquellas personas que realicen llamadas de emergencias sanitarias. Pacientes atendidos por el personal de Emergencias Sanitarias.

    Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Mediante la comunicación telefónica de la emergencia sanitaria, a través de los datos que comunica el alertante.

    Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Base de datos:

    ­ Datos identificativos del paciente (nombre, apellidos, dirección, teléfono).

    ­ Datos de salud (incidencia, patología, estado físico, historial médico).

    Cesiones previstas: Se pueden producir cesiones a otros organismos sanitarios, en el caso de que lo soliciten.

    Órgano de la Administración responsable del fichero: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Nivel de seguridad: Alto.

  2. ­ NOMBRE DEL FICHERO: Gestión fichero de voz.

    Fines y usos: Recopilación y posibles tratamientos posteriores de las llamadas de emergencias sanitarias recibidas.

    Personas o colectivos afectados: Todas aquellas personas que realicen llamadas de emergencias sanitarias. Pacientes atendidos por el personal de Emergencias Sanitarias.

    Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Mediante la comunicación telefónica de la emergencia sanitaria.

    Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Base de datos:

    ­ Grabaciones de audio de las emergencias sanitarias.

    Cesiones previstas: Se pueden producir cesiones a Organismos Oficiales reconocidos, en el caso de que lo soliciten.

    Órgano de la Administración responsable del fichero: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Nivel de seguridad: Alto.

  3. ­ NOMBRE DEL FICHERO: Historias clínicas.

    Fines y usos: Disponer de los datos de la historia clínica del paciente para el seguimiento del mismo, gestión de la actividad asistencial, estudios de morbilidad, gestión financiera, actividad docente, producción de estadísticas e investigación sanitaria.

    Personas o colectivos afectados: Todas aquellas personas que sean atendidas por el personal de Emergencias Sanitarias.

    Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: El propio paciente de forma directa, impresos generados por la Gerencia, personal propio de la Gerencia, sistemas automatizados.

    Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Base de datos:

    ­ Datos de carácter identificativo: aquellos que permiten la identificación del usuario y el enlace con el fichero lógico de usuarios del sistema sanitario (número de historia, nombre, apellidos...).

    ­ Datos clínicos: aquellos generados por la actividad clínica de cada una de la fases.

    ­ Datos de anamnesis (antecedentes, familiares, personales...).

    ­ Procedimientos y datos diagnósticos (analíticas, códigos diagnósticos...).

    ­ Procedimientos y datos terapéuticos (tratamiento médico, fármacos...).

    ­ Datos diagnósticos.

    ­ Otros datos de interés en salud (procedimientos preventivos, datos epidemiológicos...).

    Cesiones previstas: Entidades aseguradoras y otros Organismos Oficiales reconocidos, en el caso de que lo soliciten.

    Órgano de la Administración responsable del fichero: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Nivel de seguridad: Alto.

  4. ­ NOMBRE DEL FICHERO: Gestión de personal.

    Fines y usos: Gestión de expedientes, contrataciones, bajas, jubilaciones, conceptos retributivos, control de absentismo, estadísticas de personal, elaboración de la nómina y todo lo relacionado con la gestión de personal de un centro. Utilización como herramienta en la confección de estadísticas.

    Personas o colectivos afectados: Personas con vinculación laboral o personal con la Gerencia.

    Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: El propio sujeto de forma directa, impresos generados por el centro, personal propio de la Gerencia.

    Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Base de datos:

    ­ Datos identificativos (nombre, Documento Nacional de Identidad, n.º Seg. Social).

    ­ Datos de características personales (estado civil, componentes de la familia).

    ­ Datos de detalles del empleo (categoría, cuerpo/escala, antigüedad).

    ­ Datos académicos y profesionales (titulaciones, cursos).

    ­ Datos económico-financieros (conceptos retributivos).

    ­ Datos bancarios (banco, cuenta).

    ­ Datos especialmente protegidos (afiliación sindical).

    Cesiones previstas: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Economía y Hacienda, organismos oficiales de estadística, Registro Central de Personal (M.S.C. y M.A.P.), entidad bancaria a la que se envían los datos para el pago de los empleados, otros organismos sanitarios y órganos oficiales con competencias en materia de personal.

    Órgano de la Administración responsable del fichero: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Nivel de seguridad: Alto.

  5. ­ NOMBRE DEL FICHERO: Facturación.

    Fines y usos: Registro de datos para la gestión de ingresos procedentes de terceros.

    Personas o colectivos afectados: Proveedores y pacientes de la Gerencia.

    Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Datos del fichero de Historias Clínicas.

    Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Base de datos:

    ­ Datos de carácter identificativo:

    · Aquellos que permiten la identificación del usuario (número de historia, nombre, apellidos...).

    · Aquellos que permiten la identificación de las entidades aseguradoras y sus datos fiscales (nombre, datos fiscales).

    ­ Datos de salud (datos diagnósticos sobre las asistencia recibida en la emergencia sanitaria).

    Cesiones previstas: Se ceden los datos de la asistencia prestada para la resolución de la emergencia sanitaria a posibles entidades aseguradoras, para la gestión de la facturación de la asistencia recibida.

    Órgano de la Administración responsable del fichero: Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

    Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse...

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