ORDEN FYM/1065/2011, de 9 de agosto, de aprobación definitiva del Plan Especial de carácter supramunicipal de acceso al complejo comercial desde la A-62 –Autovía de Castilla– (Ronda Oeste) en los términos municipales de Arroyo de la Encomienda, Valladolid y Zaratán (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

Con fecha 25 de marzo de 2011 se presenta en la Consejería de Fomento, a propuesta del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, documento relativo al Plan Especial de carácter supramunicipal de acceso al complejo comercial desde la A-62 «Autovía de Castilla» (Ronda Oeste) en los términos municipales de Arroyo de la Encomienda, Valladolid y Zaratán (Valladolid) solicitando su tramitación y aprobación.

Este Plan especial cumple con los requisitos de coherencia que se exigen en el artículo 144 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y tal y como se establece en el artículo 148 del citado Reglamento, contienen los documentos necesarios para reflejar adecuadamente sus determinaciones incluyendo una memoria vinculante donde se expresan y justifican los objetivos y propuestas de ordenación y donde se hace referencia a los aspectos citados en el artículo 136.

Asimismo el Plan Especial se ampara en lo establecido en el artículo 143.2 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León: «los planes especiales tienen por objeto desarrollar, completar e incluso de forma excepcional sustituir las determinaciones de planeamiento general, con -entre otras- la siguiente finalidad: c) planificar y programar la ejecución de sistemas generales, dotaciones urbanísticas públicas y otras infraestructuras».

Su ámbito afecta a tres términos municipales de la provincia de Valladolid -los de la capital, Arroyo de la Encomienda y Zaratán- por lo que resulta de aplicación el artículo 162.bis del Reglamento de Urbanismo que otorga la competencia para su tramitación y aprobación a la Consejería de Fomento (actual Consejería de Fomento y Medio Ambiente en virtud de lo que determina el Decreto 2/2011, de 27 de junio de reestructuración de Consejerías), ya sea de oficio o a propuesta de otras Administraciones Públicas.

Sobre la base de lo establecido en el artículo 224 en relación con el 190 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, el Plan Especial habilita a su vez la necesaria expropiación -de carácter aislado- de los terrenos para posibilitar el acceso al complejo comercial desde la A-62 Autovía de Castilla (Ronda Oeste) y su aprobación definitiva implicará la declaración de utilidad pública e interés social y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos necesarios para su ejecución a los efectos de la citada expropiación.

Dado que la finalidad de la expropiación es ejecutar una dotación urbanística pública, tal y como señala el artículo 223 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, cabe la tramitación de la expropiación como actuación aislada optando por el procedimiento de tasación conjunta.

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