ORDEN de 14 de diciembre de 1998, de la Consejería de Fomento, por la que se concede ayudas para subvencionar alquileres a arrendatarios de viviendas.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

Fecha del Boletín: 29-12-1998 Nº Boletín: 248 / 1998

ORDEN de 14 de diciembre de 1998, de la Consejería de Fomento, por la que se concede ayudas para subvencionar alquileres a arrendatarios de viviendas.

Se hace saber a los solicitantes de ayudas para subvenciones de alquileres, de acuerdo con la Orden de la Consejería de Fomento de 8 de enero de 1998, relacionados a continuación, que esta Consejería ha dictado la siguiente Orden.

ORDEN DE LA CONSEJERIA DE FOMENTO POR LA QUE SE CONCEDE AYUDAS PARA SUBVENCIONAR ALQUILERES A ARRENDATARIOS DE VIVIENDAS

Vistos los expedientes de solicitud de concesión de ayudas para subvencionar alquileres a arrendatarios de vivienda, promovidos al amparo de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Fomento de 8 de enero de 1998, de los que son sus,

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. - Las solicitudes se presentaron en los Servicios Territoriales de Fomento.

  2. - Los expedientes han sido informados por el Servicio de Financiación, Administración y Gestión de Suelo.

  3. - Los expedientes están completos en cuanto a requisitos, documentación y tramitación.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO:

  4. - La Consejería de Fomento es competente en virtud de lo dispuesto en el Art. 7.2 de la Orden de 8 de enero de 1998, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas para subvencionar alquileres a arrendatarios de viviendas («B.O.C. y L» n.º 6, de 12 de enero de 1998).

  5. - Los expedientes, incoados en el plazo reglamentario del Art. 4.º, mediante la solicitud del interesado, cumplen con los requisitos del Art. 2.º, contienen la documentación completa del Art. 5.º, todas ellas de la Orden de 8 de enero de 1998 de la Consejería de Fomento.

  6. - En base a lo establecido en el Art. 3.2 de la citada Orden de 8 de enero de 1998, el porcentaje que determina el importe de la subvención, en función de los ingresos de la unidad familiar/ arrendataria será del 40%.

  7. - Cumplidos, en este supuesto, los requisitos de la convocatoria de ayuda para la subvención del alquiler a arrendatarios de viviendas y dado que según el Art. 2 a) de la Orden de 8 de enero de 1998, estos expedientes pertenecen al tramo 1 y tienen financiación por existir disponibilidad presupuestaria.

    Vista la propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y normativa general de aplicación,

    RESUELVO:

    Conceder la subvención solicitada a las personas que a continuación se relacionan, hasta un importe máximo determinado, con la...

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