ORDEN EYE/2285/2009, de 9 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de una línea de ayuda destinada a garantizar recursos mínimos de subsistencia a trabajadores vinculados por campaña a la molturación de remolacha con suspensión de sus contratos de trabajo a consecuencia de circunstancias meteorológicas adversas

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La política de empleo de Castilla y León se ha ido definiendo en los diferentes Planes Regionales de Empleo teniendo en cuenta los objetivos de la Unión Europea y complementando la política española definida en el Plan Nacional de Empleo.

La Junta de Castilla y León, junto con los firmantes del Plan de Empleo 2007-2010, se comprometen a negociar, en el momento que se den las condiciones objetivas necesarias para su puesta en marcha, líneas de ayuda dirigidas a impulsar y fomentar aquellos sectores que sufran procesos industriales recesivos, que conlleven pérdida de actividad y empleo.

La Administración Regional mantiene así, su compromiso de apoyar aquellos sectores que por especiales circunstancias lo precisan. El sector azucarero es uno de ellos, por cuanto los agentes climatológicos inciden profundamente en su producción y repercute consecuentemente en la estabilidad del empleo.

La presente línea de subvención se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones elaborado en el ámbito de la Consejería de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 26 de enero de 2009, en los términos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de Septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el que se concreta como uno de los objetivos generales, la estabilidad en el empleo.

Para la consecución de este fin, se prevén acciones tendentes a apoyar a los trabajadores de sectores que resulten especialmente sensibles ante circunstancias determinadas, como pueden ser las meteorológicas. Así sucede en el sector azucarero, cuando se ve afectado por agentes climatológicos adversos que inciden profundamente en su producción y consecuentemente en la estabilidad del empleo. El objetivo es garantizar los recursos mínimos de subsistencia a los trabajadores vinculados por campaña a la molturación de remolacha, cuando se plantee la necesidad de paralizar la actividad como consecuencia de circunstancias meteorológicas adversas que obliguen a la suspensión de contratos de trabajo a través del oportuno expediente de regulación de empleo.

Las ayudas que se regulan en esta Orden se financiarán con cargo a los Presupuestos de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificó el régimen jurídico vigente en materia de subvenciones, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las Administraciones Públicas, entre las cuales, el artículo 9.2 de la misma, establece "que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en esta ley.»

Estas normas básicas contenidas en la Ley General de Subvenciones y su reglamento de desarrollo, constituyen un común denominador normativo a partir del cual la Comunidad de Castilla y León, ha elaborado la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en cuyo, artículo 6, establece los extremos que la norma reguladora de las bases de concesión de subvenciones debe de concretar, además de los establecidos en las normas básicas.

Las presentes bases reguladoras se adaptan a las previsiones establecidas en el artículo 8 del Decreto Legislativo 1/2009, de 18 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las normas vigentes sobre aportaciones económicas distintas a las subvenciones.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo Único

– Se aprueben las Bases Reguladoras por las que se regirán las ayudas que garanticen los recursos mínimos de subsistencia a los trabajadores vinculados por campaña a la molturación de remolacha, cuando se plantee la necesidad de paralizar la actividad como consecuencia de circunstancias meteorológicas adversas que obliguen a la suspensión de los contratos de trabajo a través del procedimiento de regulación de empleo, regulado en el artículo 47 y 51 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta Orden continuaran rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 9 de diciembre de 2009.

El Consejero de Economía

y Empleo,

Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez

ANEXO

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS

A GARANTIZAR RECURSOS MÍNIMOS DE SUBSISTENCIA

A TRABAJADORES VINCULADOS POR CAMPAÑA

A LA MOLTURACIÓN DE...

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