ACUERDO de 1 de febrero de 1996, de la Comisión Provincial de Urbanismo de León, de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Ayuntamiento de Villarejo de Orbigo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 1 de febrero de 1996, de la Comisión Provincial de Urbanismo de León, de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Ayuntamiento de Villarejo de Orbigo.

La Comisión Provincial de Urbanismo, en la sesión celebrada el 1 de febrero de 1996, adoptó, entre otros, un acuerdo que, copiado literalmente, dice:

4.º Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Ayuntamiento de Villarejo de Orbigo.

Visto el expediente correspondiente a las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Ayuntamiento de Villarejo de Orbigo, en el que constan los siguientes

ANTECEDENTES

El presente expediente fue visto en la reunión de esta Comisión celebrada el 21 de febrero de 1995, adoptándose el acuerdo de suspender la aprobación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Ayuntamiento de Villarejo de Orbigo, devolviéndose el expediente a dicho Ayuntamiento para que, una vez subsanadas las deficiencias anteriormente señaladas y previo acuerdo municipal, lo remita nuevamente a esta Comisión para su aprobación definitiva .

ICumplimentando el referenciado acuerdo, una vez subsanadas las deficiencias, el Ayuntamiento remite con fecha 15 de noviembre de 1995 la documentación en la que consta el acuerdo aprobatorio de las Normas de referencia por la Corporación Local en la sesión plenaria celebrada el 28 de marzo de 1995, con el quórum de mayoría absoluta previsto en la normativa de Régimen Local. Igualmente se adjunta informe favorable de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de 26 de mayo de 1995.

IIA tenor de lo dispuesto en los artículos 114 y 118 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 26 de junio de 1992, en relación con los artículos 132, siguientes y concordantes del Reglamento de Planeamiento, la Comisión Provincial de Urbanismo ha de resolver, en el plazo de seis meses desde la entrada del documento completo (15 de noviembre de 1995), sobre la aprobación definitiva de la Modificación del Plan de referencia

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. La Comisión Provincial de Urbanismo tiene atribuida la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de este expediente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 118.3.a), del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, (T.R.L.S.), de 26 de junio de 1992 y en el artículo 151 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, en relación con lo dispuesto en el Decreto 90/1989, de 31 de mayo, por el que se distribuyen...

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