DECRETO 95/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la Modificación Puntual n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Rabé de las Calzadas (Burgos).

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 95/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la Modificación Puntual n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Rabé de las Calzadas (Burgos).

Visto el expediente de Modificación Puntual n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Rabé de las Calzadas (Burgos), promovido por el propio Ayuntamiento, del cual constan los siguientes

ANTECEDENTES:

Primero. El Término Municipal de Rabé de las Calzadas (Burgos) dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal que fueron aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo de Burgos en fecha de 4 de septiembre de 2000.

Por acuerdo de 21 de mayo de 2002 ('B.O.C. y L.' de 26 de junio de 2002), la Comisión Territorial de Urbanismo de Burgos aprobó definitivamente la Modificación Puntual n.º 1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Rabé de las Calzadas, consistente en el cambio de clasificación de suelo urbanizable SUB-2 a Suelo urbano, ordenanza 3 'residencia mixta abierta SU 3'.

Segundo. El Pleno del Ayuntamiento de Rabé de las Calzadas (Burgos), en sesión celebrada en fecha de 6 de septiembre de 2004, acordó aprobar inicialmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, promovida por el propio Ayuntamiento cuyo objeto es la permuta de dotaciones en Suelo urbano, de modo que un ámbito de 'Espacios Libres Zonas Verdes', pase a ser 'Equipamientos y Servicios', con la intención de edificar una nueva Casa Consistorial.

Tercero. Por el Ayuntamiento de Rabé de las Calzadas, se solicitaron los informes indicados en el artículo 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, siendo emitido únicamente por el Servicio Territorial de Fomento en fecha de 5 de octubre de 2004 en sentido favorable a la Modificación propuesta y cuyo contenido consta en el expediente administrativo y no se reproduce en aras del principio de economía procedimental.

Cuarto. El expediente ha sido sometido al trámite de información pública durante un mes, mediante la inserción de anuncios en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Burgos' número 179 de 17 de septiembre de 2004, 'Boletín Oficial de Castilla y León' de número 182 de 20 de septiembre de 2004 y en 'Correo de Burgos' 13 de septiembre del mismo año, no habiéndose presentado durante este período ninguna alegación, según consta en el certificado expedido por la Secretaria de la Corporación en fecha de 10 de noviembre de 2004, haciéndose constar a su vez en tal certificado que a la fecha de expedición del mismo no consta la remisión al Ayuntamiento del resto de los informes solicitados, entendiéndose informado favorablemente el expediente de Modificación Puntual al no haberse recibido comunicación por parte del Ayuntamiento antes de la finalización del período de información pública, de conformidad con el artículo 52.4 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León.

Quinto. El Pleno del Ayuntamiento Rabé de las Calzadas (Burgos) en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2004, acordó por unanimidad aprobar provisionalmente la Modificación Puntual n.º 1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de dicho término y la remisión del expediente debidamente diligenciado a la Consejería de Fomento, a fin de que se proceda a su tramitación conforme al artículo 172.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

Sexto. En fecha de 24 de noviembre de 2004, tuvo entrada en el Registro Único de las Consejerías de Agricultura, Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León el expediente...

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